México

Condenan por lavado sólo uno de cada 10 casos

Aunque hay indicadores récord en el bloqueo de cuentas ligadas a actividades ilícitas, apenas 19 sentencias han sido concluidas

El 23 de mayo de 2013, el empresario tapatío Alejandro Sánchez Garza fue encontrado culpable por lavado de dinero, al invertir recursos de procedencia ilícita en la adquisición de restaurantes e inmuebles, pero quien lo sentenció no fue un juzgado mexicano, sino una corte federal de Estados Unidos.

A lo largo de 11 años, la Fiscalía General de la República (FGR) sólo logró una sentencia condenatoria por cada 10 investigaciones iniciadas por el delito de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (ORPI), conocido como lavado de dinero.

De acuerdo con datos proporcionados vía Transparencia, desde el 1 de enero de 2009 hasta el 2 de octubre de 2019 suman dos mil 341 investigaciones iniciadas por este ilícito, de las que solamente 223 han concluido en sentencias o personas en la cárcel; esto es, sólo uno de cada 10 casos.

En la Fiscalía hay tres áreas para realizar investigaciones por lavado: la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO), la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales y la Unidad Especializada en Análisis Financiero. De éstas, la primera concentra prácticamente 90% de las investigaciones; incluso, algunas de las pocas indagatorias en manos de las otras dependencias “pueden ser complementarias a las de la SEIDO”, aclara la FGR.

El pasado 30 de julio se informó que la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda había cuadruplicado el bloqueo de cuentas este año (tres mil 231), en comparación con las reportadas en 2018 (758). No obstante, las sentencias por lavado de dinero en 2019 han sido solamente 19.

“No debemos comprar la idea de que sólo las investigaciones o los congelamientos de cuentas son un indicador de éxito”, precisa Lucía Almaraz, académica de la Universidad del Valle de Atemajac (Univa).

Alfonso Partida Caballero, investigador de la Universidad de Guadalajara (UdeG), apunta que mientras las autoridades presumen cifras sobre la baja en delitos, guardan silencio en resultados contra el lavado. “El crimen organizado no se puede entender sin el contubernio del Estado. En el lavado de dinero están metidos empresarios, funcionarios y gente de los poderes judiciales, con una red de protección política que es muy clara y que solamente no la ve la autoridad”.

En el lavado de dinero se usan negocios donde las operaciones y ganancias sean difíciles de comprobar, como casinos, bares, centros nocturnos o casas de empeño. AP/Archivo

¿Qué es el lavado?

  • Es el proceso que consiste en encubrir el origen de recursos que se generan de actividades ilícitas, tales como tráfico de drogas, corrupción, fraude, trata de personas, prostitución, extorsión o evasión fiscal.
  • La operación pretende que el dinero obtenido, a través de actividades ilícitas, aparente ser el fruto de actividades legítimas y que circule sin problema en el sistema financiero.

Ejemplos

  • Un grupo del crimen organizado se puede hacer valer de prestanombres para que ellos adquieran inmuebles y monten negocios donde las operaciones y ganancias sean difíciles de comprobar; por ejemplo, casinos, bares, centros nocturnos o casas de empeño.
  • Posteriormente, las ganancias de las actividades ilícitas de los grupos del crimen organizado fluyen a través de tales negocios que luego envían los recursos al sistema financiero como si fueran obtenidos de manera legal.
  • Así, un negocio puede aparentar que vendió un reloj de oro que costó 100 mil pesos en un millón, con lo que “lavan” 900 mil pesos de origen ilícito.
  • También un bar puede reportar ganancias del doble de lo que se percibió por la prestación de sus servicios.

Fuente: Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Las faces del delito

  • Se introduce el dinero en el sistema financiero a través de depósitos bancarios en efectivo.
  • Se realizan transacciones para cambiar su forma y dificultar su rastreo, como transferencias o compras de bienes raíces.
  • Se reinsertan los recursos ilegales en la economía, como en inversiones en empresas fachada.

Congelan más cuentas por lavado; hay pocos presos

Aunque el Gobierno de Andrés Manuel López Obrador presume que en 2019 se han multiplicado por cuatro los congelamientos de cuentas bancarias por lavado de dinero, en realidad el número de sanciones es similar al de años anteriores.

Según datos publicados al 30 de julio de 2019, suman más de tres mil cuentas bloqueadas; sin embargo, en lo que va del año solamente se han iniciado formalmente 182 carpetas de investigación por el delito de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (ORPI), por parte de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO). Lo anterior es importante porque la cifra de detenidos es baja.

El aumento en las carpetas de investigación apenas es de 31 casos más que en 2018, cuando se iniciaron 151 por este ilícito.

Y  de  todos los expedientes iniciados en este año se reporta que sólo seis han llegado a los juzgados.

Leonor Ortiz Monasterio, integrante de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad, explica que los bajos resultados derivan del proceso en el que la Unidad de Inteligencia Financiera no tiene las atribuciones para abundar en las investigaciones, sino que debe denunciar ante la Fiscalía General de la República (FGR) para que esta dependencia prosiga. “Es aquí donde no hay capacidad. Es una tormenta perfecta de muchos factores: hay un montón de casos y pocas personas en la cárcel. Una vez más, la alta impunidad viene de la cantidad del papeleo, las investigaciones se atoran y pasan años sin que se resuelvan… además de la falta de interés de resolver, que puede ser también por corrupción”.

Lucía Almaraz, investigadora de la Univa, indica que, a la fecha,  las autoridades aún no han atacado la red de corrupción que permite la impunidad en el lavado de dinero.

“Necesitamos desarticular a la delincuencia y poner candados para que ya no encuentren esa vía”.

Jalisco, en la mira

La madrugada del 13 de agosto de 2017, la Fiscalía de Jalisco realizó un operativo en el bar “Lola Lolita”, establecimiento ubicado en avenida Vallarta, en Guadalajara. Durante varias horas, las autoridades no permitieron la salida ni el ingreso de personas en ese lugar, mientras realizaban distintas diligencias.

Estas acciones fueron posteriores a la publicación de un listado de personas y empresas presuntamente ligadas a Raúl Flores Hernández, presunto narcotraficante, por parte de la Oficina de Control de Bienes Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos.

A la fecha, la OFAC ya incluyó a 256 personas y empresas en Jalisco dentro de su listado, lo que representa prácticamente la tercera parte de todas las señaladas en México, que suman 715.

En el país, la detención de Flores fue de los casos más divulgados tras someterlo a la Ley de Designación de Cabecillas Extranjeros en 2017.

Luego de la designación de un cabecilla se publicó la lista de personas y empresas relacionadas con éste, que para esa ocasión señaló a 22 ciudadanos y 43 entidades que operaban principalmente en Jalisco, entre éstas, el bar “Lola Lolita”.

Leonor Ortiz Monasterio, investigadora en Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad, explica que, con la lista, las autoridades estadounidenses ejercen presión para investigar, además de ser una herramienta de negociación para que los señalados entreguen documentos e información a cambio de que los eliminen de la lista.

Desde junio de 2000, la OFAC incluyó en su lista a dos mil 227 personas y entidades relacionadas con líderes criminales en todo el mundo, hasta el último corte del 11 de junio pasado. Prácticamente la décima parte de la lista radica en Jalisco.

Expertos recomiendan ampliar las investigaciones contra el lavado de dinero, pero también integrar bien las carpetas de investigación para encarcelar a los delincuentes y no regresarles el dinero asegurado. EL INFORMADOR/Archivo

Los negocios en investigación

Las operaciones y negocios que deben vigilarse para prevenir el lavado de dinero son:

  • Juegos de azar.
  • Concursos.
  • Sorteos.
  • Tarjetas de crédito.
  • Tarjetas de prepago.
  • Cheques de viajero.
  • Préstamos o créditos.
  • Servicios de construcción.
  • Comercialización de bienes inmuebles.
  • Comercialización de piedras y metales preciosos.
  • Subastas.
  • Compraventa de vehículos.
  • Blindajes.
  • Transporte.
  • Custodia de valores.

La Corte obstaculiza resultados: EU

De acuerdo con el Informe Internacional de Estrategia para el Control de Narcóticos 2019, publicado por el Departamento de Estado de los Estados Unidos, la delincuencia organizada lava miles de millones de dólares en el sistema financiero mexicano cada año, producto de actividades ilegales como el tráfico de drogas, la extorsión, el robo de combustible, la piratería, el fraude, la trata de personas y demás.

Aunque las autoridades mexicanas han tenido éxito al investigar y bloquear cuentas bancarias por lavado, han mostrado “muy poco” avance en la persecución exitosa de este delito, en parte porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) representa un obstáculo.

El informe refiere que en octubre de 2017, los ministros determinaron que el congelamiento de cuentas por parte de las Unidades de Inteligencia Financiera, previsto en el Artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, constituye una violación a los derechos constitucionales sobre la privacidad, por lo que se requiere antes obtener una orden judicial.

Después, en noviembre de ese año, consideró que los registros financieros sólo serían válidos en los procedimientos judiciales si fueron obtenidos mediante mandatos del propio Poder Judicial, no por las facultades que ya se establecían en el Artículo 142.

Esto provocó que numerosas personas lograran descongelar sus cuentas y desestimar sus casos, incluyendo el de Álvaro Emir Garduño Montalvo, señalado por lavado de dinero y fraude en 2016, subraya el informe.

“Aunque las autoridades han reconocido el abuso en ciertos sectores por parte de lavadores de dinero, la respuesta de las autoridades está limitada por la corrupción, la falta de capacidad judicial y las leyes engorrosas para la recuperación de activos”.

Recuperación de activos, la principal misión

Aunque las autoridades deben trabajar para sancionar penalmente a las personas que incurran en el delito de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, lo principal es la recuperación de activos, manifiesta Lucía Almaraz, investigadora de la Univa.

“No sólo es la identificación del tipo penal sino que también vaya a la recuperación de activos, porque sólo sancionan con una sentencia condenatoria. ¿Pero dónde quedó el activo? A eso no le dan seguimiento, que es la culminación de la investigación”.

Incluso, las autoridades de la Fiscalía General de la República no proporcionaron datos sobre los activos que pueden ser objeto de lavado de dinero en los casos que se investigan actualmente, información que les fue solicitada vía Transparencia.

De acuerdo con información de la Secretaría de Hacienda, al año se lavan en México entre 20 mil y 30 mil millones de dólares, aunque se estima que sólo se investiga 3% de los casos.

Y aunque la FGR se centra en la sanción penal del delito, la investigadora acentúa que el lavado de dinero ni siquiera existía en el Código Penal Federal, puesto que fue añadido como un artículo bis.

Este delito se incluyó en 1990 en el Código Fiscal de la Federación y no fue sino hasta en 1996 cuando se añadió el Artículo 400 bis al Código Penal.

Y las sanciones ni siquiera son graves, pues son de cinco a 15 años de prisión, así como cinco mil salarios mínimos de multa máxima.

Alfonso Partida Caballero, investigador de la UdeG, explica que, al igual que las investigaciones sobre los negocios ilícitos en el bar “Lola Lolita”, las autoridades refuerzan el combate de estas anomalías sólo cuanto existe una presión de otros países, como Estados Unidos. “Esas investigaciones se dieron en virtud de señalamientos internacionales. Hay que aclarar que no fue la FGR ni otra autoridad de procuración de justicia o policial de México. Fue por presiones internacionales”. Recuerda que el éxito en el combate de estos delitos es mayor si existe este tipo de presión, como la intervención en Guatemala por parte del exfiscal español, Carlos Castresana.

Aprovechan construcciones y el campo

El académico Alfonso Partida Caballero señala que el sector inmobiliario es uno de los principales medios para el lavado de dinero, en particular, el de los desarrollos de lujo. “Si compras un terreno de una hectárea que te costó 30 millones de pesos, pero construirás un condominio de 50 departamentos y cada uno lo darás en cinco millones, imagínate la cantidad enorme de dinero que estás lavando”.

Otros casos se dan en el campo, sobre todo en las cosechas de aguacate y berries. En ocasiones adquieren ranchos que no necesariamente están en el Registro Público de la Propiedad, explica, simplemente se adquieren en efectivo y de manera directa, no a través de notarios públicos.

Al año se lavan en México entre 20 mil y 30 mil millones de dólares, aunque se estima que sólo se investiga 3% de los casos. EL INFORMADOR/Archivo

GUÍA

¿Qué dice la ley?

Código Penal Federal en su Artículo 400 Bis:

Se impondrán de cinco a 15 años de prisión, y de mil a cinco mil días multa, al que, por sí o por interpósita persona, realice cualquiera de las siguientes conductas:

I.- Adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie, convierta, deposite, retire, dé o reciba por cualquier motivo, invierta, traspase, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita.

Se entenderá que son producto de una actividad ilícita los recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando existan indicios fundados o certeza de que provienen directa o indirectamente, o representan las ganancias derivadas de la comisión de algún delito y no pueda acreditarse su legítima procedencia.

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