Lunes, 25 de Noviembre 2024
México | El Alto Tribunal reabre otros 22 procesos

Suman 36 los indígenas liberados por el caso Acteal

La Suprema Corte reconoce que los detenidos fueron sentenciados con pruebas alteradas

Por: SUN

La Suprema Corte de Justicia resolvió con tres votos a favor y uno en contra el fallo a favor de los indígenas. EL UNIVERSAL  /

La Suprema Corte de Justicia resolvió con tres votos a favor y uno en contra el fallo a favor de los indígenas. EL UNIVERSAL /

CIUDAD DE MÉXICO (02/FEB/2012).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó la inmediata y absoluta libertad de siete indígenas tzotziles, quienes habían sido sentenciados como responsables del homicidio de otros 45 integrantes de la misma etnia, ocurridos en Acteal, Chiapas, el 22 de diciembre de 1997.

Los siete solicitaron al máximo tribunal el reconocimiento de su inocencia, con base en la sentencia de la SCJN que, en 2009, amparó a un primer grupo de 20 tzotziles también acusados por la matanza, porque la Procuraduría General de la República (PGR) fabricó y alteró evidencia para procesarlos.

Con ellos suman 36 los indígenas procesados en este caso que son liberados por la Corte. En 22 casos más, el máximo tribunal ordenó reabrir el proceso para que se dicte una nueva sentencia de la que se excluya la evidencia ilícita fabricada por la PGR.

El pasado 14 de octubre de 2010, 15 indígenas encarcelados por la masacre de Acteal salieron libres tras haber cumplido con tres cuartas partes de su condena, informó en esa fecha su asesor, Manuel Anzaldo Meneses.

La Primera Sala emitió el fallo después de tres votos a favor y uno en contra, y declaró fundados los incidentes de reconocimiento de inocencia, y ordenó la inmediata y absoluta libertad de Bartolo Luna Pérez, Agustín Pérez Gómez, Juan Santíz Vázquez, Lorenzo Gómez Jiménez, Mariano Pérez Jiménez, José Ruiz Tzucut y Juan Pérez Hernández.

Tuvieron que esperar dos años más, debido a que ya habían sido sentenciados a 36 años de prisión cuando la Corte resolvió los amparos, explicó Javier Angulo, abogado de Juan Pérez Hernández.

“En el momento en que ellos fueron sentenciados no existía en nuestro derecho esta regla de excusión de prueba ilícita, que se incorpora a los principios constitucionales con el caso Acteal, mediante una interpretación de los artículos 14, 17 y 20 constitucionales”.


TELÓN DE FONDO

Consiguen libertad tras 14 años de prisión


El 22 de diciembre de 1997, miembros de la Máscara Roja encabezaron una incursión paramilitar en la zona de influencia zapatista en Los Altos de Chiapas. Los hombres atacaron a indígenas tzotziles de la organización “Las Abejas”, compuestos en su mayoría por mujeres embarazadas y niños, quienes se encontraban orando en el interior de una pequeña iglesia, el saldo fue de 45 muertos, entre ellas 20 mujeres embarazadas.

El Gobierno mexicano atribuyó el origen de la masacre a un conflicto étnico, mientras que opositores y activistas de derechos humanos la consideran parte de una estrategia oficial para desarticular la base social del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN). El pasado 12 de agosto de 2009 los inculpados consiguieron un juicio de amparo de la Suprema Corte de Justicia, bajo el argumento de que la Procuraduría General de la República fabricó evidencias para inculpar a los detenidos. Por este caso el ex presidente Ernesto Zedillo enfrenta una demanda en Estados Unidos por crímenes de guerra y de lesa Humanidad.

Temas

Lee También

Recibe las últimas noticias en tu e-mail

Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día

Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones