México | Cultura de la legalidad entre los ciudadanos Septiembre es el mes del testamento La Secretaría de Gobernación promueve que la población realice su testamento durante septiembre Por: EL INFORMADOR 6 de septiembre de 2009 - 01:23 hs CIUDAD DE MÉXICO.- La Secretaría de Gobernación (Segob), a través de la Dirección General de Registros y Notarías y en coordinación con el Consejo del Colegio de Notarios de los estados, lanzó la campaña “Septiembre, mes del testamento 2009”, con el objetivo de “fomentar la cultura testamentaria entre la población y, principalmente, apoyar a personas de escasos recursos”. “Es necesario promover la cultura de la legalidad entre los ciudadanos, a fin de evitar heredar problemas y encontrar soluciones que no tengan un alto costo”. ¿Qué es un testamento? Es el documento en que una persona describe cómo y a quién distribuye sus bienes después de su fallecimiento, dándoles la seguridad de saber que en su ausencia ellos podrán contar con los bienes que decida heredarles. Tiene dos principales clasificaciones: Abierto notarial: Se trata de hacer constar la última voluntad, en escritura pública ante notario, asegurándose de que las cláusulas del testamento están dentro de la legalidad. El notario se encarga de la conservación del testamento (puesto que el original queda en su poder y al testador se le entrega una copia) es un acto que se otorga en voz alta ante Notario y en el que ya no se requiere de testigos, salvo que así lo pidan el testador o el notario o bien en los casos de alguna incapacidad del testador. Al hacer el testamento, la persona deberá nombrar un albacea, quien en caso de fallecimiento del testador será quien acuda a la Notaría y presentarle al Notario el acta de defunción del testador y la escritura del testamento. El testador debe manifestar al notario cuál es su voluntad, es decir a quién o a quiénes quiere que pasen sus bienes cuando muera; con este sencillo procedimiento quedará otorgado su testamento sin necesidad de hacer otro trámite ni de firmar ningún otro documento. Ológrafo: Es un documento hecho por el testador escrito de su puño y letra, poniendo año, mes y día en que se hace. La falta de cualquiera de estos requisitos lo hace nulo. La desventaja de este tipo de testamento es que es fácil que se discuta acerca de la capacidad del testador al hacerlo. Por otra parte, es fácil que el testamento se pierda o que algún pariente no favorecido encuentre primero el testamento y lo destruya, siendo casi imposible probar que existía. Este tipo de testamento puede resultar útil en casos excepcionales de urgencia o situaciones de riesgo. ¿Cómo hacerlo? Acude a cualquier Notaría pública, con una identificación oficial y solicita hacer un testamento. Para realizar este trámite no es necesario contratar los servicios de abogados, ya que es un trámite personal y hacerlo sería un gasto innecesario. Morir intestado Cuando no existe documento de sucesión legítima es la ley quien nombra los herederos; si tiene hijos, su herencia se divide entre todos sus hijos entre partes iguales. Si el fallecido estaba casado, a su cónyuge le corresponde sólo un tercio de la herencia, además de la mitad de los bienes que sean gananciales. En el caso de no tener hijos ni cónyuge, la herencia pasa a los padres del fallecido, si no hay padres, la herencia pasa a los abuelos o ascendientes más lejanos. Sin embargo, este proceso suele ser tardado y complejo si las partes a heredar no están de acuerdo; este proceso puede tardar de 2 a 20 años, según sea el caso. Es bueno saber que: Las personas que realicen su testamento este mes pagarán sólo mil pesos como costo único por los trámites para realizar su testamento en las más de 330 notarías públicas de Jalisco y en las más de 200 que hay en la Zona Metropolitana de Guadalajara. La notarias jaliscienses esperan realizar en este mes alrededor de 20 mil testamentos en el Estado. Temas Legislativo Segob Mes del testamento Lee También Eliminación de órganos autónomos pasa al Senado ¿Quién tiene derecho a heredar cuando no hay testamento? El INE busca aplazar elección judicial, al menos 90 días Claudia Sheinbaum envía tres leyes secundarias de la reforma judicial Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones