Sábado, 23 de Noviembre 2024
México | El centro educativo no podrá exigir los pagos de los siguientes meses

Niña de cinco años gana amparo por cuotas escolares en Tabasco

A los padres de familia les exigían el pago mensual de 400 pesos; el Cendi quería suspender el servicio a la menor

Por: SUN

El centro educativo podría devolver a la familia de la menor el monto total de las cuotas escolares de tres años. EL INFORMADOR / ARCHIVO

El centro educativo podría devolver a la familia de la menor el monto total de las cuotas escolares de tres años. EL INFORMADOR / ARCHIVO

VILLAHERMOSA, TABASCO (28/OCT/2015).- Un juez federal otorgó un amparo a una niña de cinco años en contra del cobro de cuotas escolares por parte del Cendi (Centro de Desarrollo Infantil), que pertenece al Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco (ISSET).

De acuerdo al abogado y padre de la menor, Donaciano Quen Pérez, la institución educativa cada mes les exigía el pago de 400 pesos y como se retrasó tres ocasiones, la dirección intentó negarles los servicios, fue entonces que inició la lucha jurídica dándoles la razón las autoridades federales, al considerar que es anticonstitucional esta exigencia, dejando abierta la posibilidad de solicitar a la institución la recuperación del monto total pagado durante los tres años que estuvo su hija cursando el nivel preescolar.

En conferencia de prensa, el jurista tabasqueño explicó que ante la exigencia del Cendi, como padre decidió enviar un documento al director del ISSET, para hacerle saber la violación a los derechos humanos en que incurrían basándose en el artículo 1 y 3 de la Constitución Federal y el artículo 8 de la Ley de Educación del Estado.

“Nos respondieron que sólo se apegaban a su reglamento interior y que si la niña no pagaba las cuotas, no se le permitiría el acceso al Cendi”, dijo el padre de la menor.

“Esta acción es ilegal porque están condicionando la educación a una contra prestación económica”, refirió Quen Pérez.

Sin embargo, y luego de varios meses de litigio, el Juzgado Primero de Distrito con sede en Tabasco, el pasado 10 de julio, emitió una sentencia definitiva del juicio número 399/2015-VI en donde ordena al Cendi que no puede suspender a la menor y deben prestarle el servicio educativo.

Además, obligaron a las autoridades del centro del ISSET a desincorporar a Yaretzi Guadalupe de la obligación de cubrir la cuota de recuperación que adeuda y de que no le sean exigidos los pagos de los subsecuentes meses.

El abogado y padre de familia afirmó que esto abre la puerta para que ninguna institución educativa exija de manera obligatoria un pago por brindar educación en ninguno de los niveles, y pidió a las autoridades educativas a sancionar a todo maestro o director que intente hacer efectivo alguna “cuota de recuperación”, toda vez que la práctica es inconstitucional.

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