México | Investigador expone las formas de realizar el ilícito “Lavado” de dinero, un delito aparte El narcotráfico y el crimen organizado van muy de la mano con el blanqueo de capital, dice especialista Por: SUN 27 de agosto de 2009 - 01:20 hs Cárteles, su estructura y sus miembrosMalestar económico, factor clave para entrar al narcoCIUDAD DE MÉXICO.- El “lavado” de dinero es una actividad que consiste básicamente en tratar de ocultar grandes cantidades de dinero de procedencia ilícita, dice el profesor investigador del Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe), Jorge Luis Romo Reyes. En entrevista con EL INFORMADOR, afirma que la manera más común para “lavar” dinero es a través del sistema financiero, ya sea haciendo depósitos bancarios o en instituciones de crédito, de seguros y de fianzas, arrendadoras financieras, casas de cambio, administradoras de fondos para el retiro, entre muchas otras. Dice que la legislación mexicana y la internacional se han dado cuenta de esto, y han puesto muchos candados a través de los cuales se trata de controlar que la gente “lave” dinero a través de los bancos, como por ejemplo las Unidades de Inteligencia Financiera (ver GUÍA). “México ha estado muy alerta de seguir las recomendaciones a nivel internacional que hace el GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional sobre el Blanqueo de Capitales) para tratar de prevenir este tipo de delitos y sobre todo con el sistema financiero que originalmente era el más común”. Cuestión de imaginación Sin embargo, subraya que el sistema financiero no es la única manera para “lavar” recursos de procedencia ilícita. “Se puede hacer de innumerables formas, depende de la imaginación del delincuente. Por ejemplo con empresas fantasma, o incluso creando empresas legales. Se me ocurre que también pueden hacerlo a través de casinos de apuestas… hay muchas maneras de hacerlo”. El también especialista en Derecho Financiero Internacional por la Universidad Panamericana (UP) campus Ciudad de México, dice que previo al blanqueo de dinero hay un delito previo que genera dichos recursos y que no necesariamente la misma persona realiza las dos actividades. Ayer EL INFORMADOR publicó que los cárteles del narcotráfico tienen diversas ramificaciones, y que mientras unos se dedican a la venta de drogas (narcomenudistas), otros la pasan a Estados Unidos y unos más “lavan” los recursos obtenidos, que son los llamados operadores financieros. “El ‘lavado’ de dinero es un delito autónomo técnica y jurídicamente. Si me preguntas si es redituable, olvídate, como negocio es muchísimo, pero precisamente es redituable porque es ilícito”. Expone que si bien no necesariamente todos los que “lavan” dinero son narcotraficantes, es común relacionar ambos delitos porque el tráfico de drogas genera mucho dinero. Dice que en otros países el financiamiento al terrorismo también provoca que se “laven” grandes cantidades de recursos. “El narcotráfico y el crimen organizado también son delitos autónomos, pero regularmente van de la mano con el ‘lavado’ de dinero”. ¿Qué dice la ley? Artículo 400 bis del Código Penal Federal w Se impondrán de cinco a 15 años de prisión y de mil a cinco mil días de multa a quien adquiera, deposite, invierta… recursos con conocimiento de que procedan de alguna actividad ilícita. w La misma pena se aplicará a los empleados y funcionarios de las instituciones que integran el sistema financiero, que dolosamente presten ayuda o auxilien a quienes intenten realizar las actividades arriba señaladas. w La pena será aumentada en una mitad, cuando la conducta ilícita se cometa por servidores públicos encargados de prevenir, denunciar, investigar o juzgar la comisión de delitos. w A los servidores públicos además se les inhabilitará para desempeñar algún empleo, cargo o comisión público hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta. Recomendaciones para evitar el blanqueo 1 Un programa eficaz de lucha contra el blanqueo de capitales debería incluir una mejora de la cooperación multilateral y de la asistencia jurídica mutua en las investigaciones y los procesos en casos de blanqueo de capitales, así como en procedimientos de extradición, cuando sea posible. 2 En la medida de lo posible, las empresas mismas, y no sólo sus empleados, deberían estar sujetas a responsabilidad penal. 3 Cada país debería ampliar el delito de blanqueo de capitales procedente del tráfico de estupefacientes al blanqueo de capitales procedentes de delitos graves. Cada país determinaría qué delitos graves deben ser considerados como delitos subyacentes al blanqueo de capitales. 4 Con el fin de cumplir con los requisitos de identificación relativos a las personas jurídicas, las instituciones financieras, cuando sea necesario, deberían tomar las siguientes medidas: a) Comprobar la existencia y estructura jurídicas del cliente, obteniendo del mismo o de un registro público, o de ambos, alguna prueba de su constitución como sociedad, incluida la información relativa al nombre del cliente, su forma jurídica, su dirección, los directores y las disposiciones que regulan los poderes para obligar a la Entidad. b) Comprobar que las personas que pretenden actuar en nombre del cliente están debidamente autorizadas, e identificar a dichas personas. 5 Los países deberían prestar especial atención a las amenazas de blanqueo de capitales inherentes a las nuevas tecnologías o tecnologías en desarrollo. También en profesiones no financieras como los casinos, bienes raíces, notario y compañías y fiduciarias proveedoras de servicios. Nota: Son 40 recomendaciones las que hace el grupo, por motivos de espacio no se publican en su totalidad. telón de fondo El cártel de Sinaloa y su “Emperatriz” En marzo pasado, la Oficina de Control y Activos (OFAC, por sus siglas en ingles) reveló que logró identificar 33 empresas relacionadas con el cártel de Sinaloa que presuntamente se dedicaban a “lavar” el dinero de la organización. También reveló que los principales operadores financieros son Margarita Cázares Salazar “La Emperatriz” y Rigoberto Gaxiola Medina, capturado en 2003. Cázares Salazar, coordina, de acuerdo al documento de la OFAC, las operaciones de 19 empresas con la colaboración de 22 cómplices. “Es propietaria y controla una compleja red de negocios a través de México, ubicados en Culiacán, Sinaloa; Guadalajara, Jalisco; Tijuana, Baja California y el Distrito Federal”. Entre las empresas se menciona a la tienda Chika’s, una cadena de aproximadamente 20 boutiques de joyería y cosméticos ubicadas en ocho estados del país. A decir del Gobierno mexicano, “La Emperatriz” es también uno de los más importantes contactos del cártel de Sinaloa con líderes del cártel colombiano Valle del Norte. Incluso el pasado 14 de agosto fueron incautados en Colombia el Hotel Plaza de las Américas y la sociedad comercial Inveréxito S.A, en Cali, ambos propiedad de la organización encabezada por Joaquín “El Chapo” Guzmán. La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ¿Qué es? Un organismo dependiente de la Secretaría de Hacienda que se encarga de detectar posibles transacciones con recursos de procedencia ilícita. ¿Cómo opera? Todas las autoridades del país envían información a la UIF. Hay organismos supervisores que reportan de operaciones relevantes, inusuales o preocupantes. Las aduanas envían a la UIF declaraciones de internación o salida de dinero. Los reportes de inteligencia son enviados a la Procuraduría General de la República (PGR) para que realice las investigaciones correspondientes. ¿Tiene presencia internacional? Sí, la UIF en México intercambia información con otros organismos internacionales y con el grupo Egmont, que está integrado por 101 unidades de inteligencia financiera de todo el mundo. LAS CIFRAS Reportes de la UIF en 2009 2, 599 reportes relevantes ha levantado la UIF en lo que va del año. Estos comprenden todas las operaciones con instituciones financieras realizadas con billetes y monedas de curso legal en México o en cualquier otro país por un monto igual o superior a 10 mil dólares estadounidenses. 33,140 reportes inusuales ha registrado la UIF. Aquí entran las operaciones, actividades, conductas o comportamientos que no concuerden con los antecedentes o actividades conocidas o declaradas por los respectivos clientes de las instituciones financieras. 729 operaciones preocupantes se han reportado. En esta categoría entran las operaciones, actividades, conductas o comportamientos de los directivos, funcionarios, empleados y apoderados de las instituciones financieras que pudieran contravenir o vulnerar la aplicación de las normas sobre recursos de procedencia ilícita. 16 mil millones de dólares anuales es la cantidad anual de dinero que se “lava” a través del sistema financiero, según la Secretaría de Hacienda y la PGR. De esa cifra, 10 mil millones se lavan en los bancos y el resto en casas de cambio. Hay muchas formas de blanquear dinero, entre ellas las casas de cambio. Tan sólo en Sinaloa se estima que mil 500 de las tres mil 500 que existen están vinculadas al crimen organizado. Temas Narcotráfico OFAC Código Penal Lee También ¿Qué pasará con el juicio penal de Trump? Esto se sabe ¿Quién es "El Guacho", yerno de "El Mencho", detenido en California? Detienen en EU a yerno del "Mencho"; de esto se le acusa ¿Quién tiene derecho a heredar cuando no hay testamento? 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