Jueves, 28 de Noviembre 2024
México | En el horario para niños no podrán trasmitir publicidad de comida ‘‘chatarra’’

La Segob publica lineamientos de contenidos para TV

En el horario para niños no podrán trasmitir publicidad de comida ‘‘chatarra’’

Por: SUN

Las nuevas reglas aplicarán para quienes presten servicios de radiodifusión o de televisión. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Las nuevas reglas aplicarán para quienes presten servicios de radiodifusión o de televisión. EL INFORMADOR / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (15/FEB/2017).- La Secretaría de Gobernación (Segob) público los Lineamientos de clasificación de contenidos audiovisuales de las transmisiones de televisión abierta y televisión de paga.

Estos lineamientos que entran en vigor mañana jueves, sustituyen a los publicados el 4 de noviembre de 2015, señala el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

"Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer las reglas en materia de contenidos y los criterios de clasificación que deben observar los concesionarios que presten servicios de radiodifusión o de televisión y audio restringidos y los programadores, en adelante Prestadores de Servicios, de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión", precisa el texto.

Los Lineamientos contemplan un horario de programación para adolescentes y adultos a partir de las 16 horas, por lo que no podrán acceder a publicidad de alimentos y bebidas llamadas "chatarra", atendiendo a disposiciones aplicables en materia de salud.

En caso de incumplimiento, la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía sancionará las infracciones materia de los Lineamientos conforme a los artículos 308, apartado B), fracción III y último párrafo, 309, 310 y los aplicables del Título Décimo Quinto de la Ley.

Consulta el lineamiento completo aquí.

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