México | Rechaza que la Corte haya puesto en circulación tanto parque vehicular La SCJN no es responsable de contingencia, señala Ministro Alberto Pérez rechaza que la Corte haya puesto en circulación tanto parque vehicular en el Valle de México Por: SUN 17 de marzo de 2016 - 16:02 hs El Tribunal puso las condicionantes para que interesados pudieran verificar si sus autos alcanzan estándares de no contaminación. EFE / ARCHIVO CIUDAD DE MÉXICO (17/MAR/2016).- El ministro Alberto Pérez Dayán rechazó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sea responsable directa del aumento del parque vehicular en el Valle de México y con ello de la mala calidad del aire tras el fallo que favoreció a automóviles modelo 2007 o anteriores obtener el holograma Cero y circular todos los días. Entrevistado por Joaquín López Dóriga, en Radio Fórmula, el integrante de la SCJN detalló que con su fallo el Máximo Tribunal puso la condicionante de que se otorgará la suspensión para que el interesado pueda someter a verificación su vehículo y en caso de alcanzar los estándares de no contaminación o de niveles bajos de contaminación como cualquier otro de año más reciente también pueda gozar el mismo beneficio. “De ninguna manera la Suprema Corte puso en circulación todo ese parque vehicular. Lo único que hizo es en el ejercicio de sus competencias constitucionales, verificando el principio de igualdad, establecer que no había una causa justificada establecida en el Programa de Verificación Obligatoria excluyera de modo absoluto a todo propietario de modelo 2007 hacia abajo a ser sometido a una verificación”, recalcó. Mencionó que se trató de un tema de igualdad pura. “No encontramos en el programa de verificación obligatoria alguna razón que pudiera justificar el diferente trato entre unos y otros”. El fallo de la Corte fue en el sentido de pudieran circular con la condicionante de obtener o de pasar la revisión y obtener el holograma Cero. ¿Es correcto?- se le preguntó al ministro. “Sin ninguna duda. Incluso ni siquiera limitamos las facultades de la propia autoridad de que a propósito de la decisión modificara los estándares de exigencia y que estos pudieran ser bastante más severos tomando en consideración el importante parque vehicular”, respondió Pérez Dayán. Más tarde, a través de un comunicado, la SCJN advierte que la sentencia dictada por una de las Salas “no tuvo como finalidad” ni tampoco tiene el alcance para permitir la circulación ilimitada de automotores, por lo que defendió el fallo que se dictó en protección al principio de igualdad que rigen el Estado de Derecho. “La Suprema Corte de Justicia de la Nación reitera que la decisión adoptada en materia de verificación vehicular, desde julio del año pasado, no tuvo como finalidad ni alcance, permitir indiscriminadamente la circulación de vehículos automotores en el Valle de México. La resolución de este Alto Tribunal se dictó en protección del principio de igualdad, como valor primordial en todo Estado de Derecho”, señala el documento. La Suprema Corte agrega que la determinación tomada por los ministros solamente facultó a los Jueces de Distrito para otorgar una suspensión a los interesados en tramitar un amparo en contra de las normas de verificación vigentes, con el propósito de que los automovilistas quejosos “obtuvieran un holograma que les permitiera circular todos los días, al igual que aquellos que sí están autorizados a recibirlo”. Temas SCJN Estados Contaminación Ciudad de México Hoy no circula Lee También Diputados buscan prohibir el uso de vapeadores y fentanilo ilícito Este es el ejercicio ideal para tonificar las piernas, descubre cómo hacerlo correctamente Esto es lo que recibirán los beneficiarios de Bienstar, IMSS e ISSSTE en 2025 Trump advierte a Hamás lo que pasará si no se libera a rehenes Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones