MÉRIDA, YUCATÁN (26/OCT/2016).- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) aseguró de manera precautoria siete ejemplares de vida silvestre al espectáculo ambulante American Circus en esta ciudad, por no acreditar su legal procedencia y por faltas al trato digno y respetuoso. Según un reporte de la Profepa, se trata de dos machos y una hembra de tigre de bengala (Panthera tigris), dos hembras y un macho de papión sagrado (Papio hamadryas) y un macho de león africano (Panthera leo), ejemplares de los que sólo el último contaba con documentación sobre su legal procedencia. No obstante, el aseguramiento se impuso por faltas al trato digno del León africano al presentar conformación anatómica delgada, pelaje opaco, retiro de las garras de las extremidades delanteras (desungulación) y cicatrices en su cuerpo. Asimismo, durante una visita de inspección, personal de la Profepa detectó que los ejemplares machos de Tigre de Bengala (Panthera tigris) presentan también mutilación de la cola, además del retiro de garras de las patas delanteras, que también se observó en el ejemplar hembra de la misma especie. Indicó que la documentación presentada por el inspeccionado, así como el sistema de marcaje, tampoco cumplían con los requisitos establecidos por los artículos 51 y 52 de la Ley General de Vida Silvestre (LGVS). La LGVS establece que por realizar actos que contravengan las disposiciones de trato digno y respetuoso a la fauna silvestre se impondrá una infracción que puede ser sancionada con el equivalente de 20 a cinco mil días de la Unidad de Medida y Actualización. Mientras que poseer ejemplares de la vida silvestre fuera de su hábitat natural sin contar con los medios para demostrar su legal procedencia constituye una infracción a la que corresponden una sanción por el equivalente de 50 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización. Cabe destacar que durante la visita de inspección el propietario presentó un amparo otorgado por un juez federal respecto a la reforma al Artículo 78 de la LGVS, relativa a la prohibición de uso de ejemplares de vida silvestre en circos, reforma que entró en vigor el 8 de julio del mismo año. Sin embargo, dicho amparo no le exime de cumplir con sus obligaciones de contar con la documentación que ampare la legal procedencia de los ejemplares de vida silvestre en su poder, ni el incurrir en faltas al trato digno y respetuoso de los mismos.