Sábado, 23 de Noviembre 2024
México | La CNDH le solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que invalide la reforma que entró en vigor a partir del mes pasado

La CNDH impugna reforma que oculta averiguaciones

La Comisión interpuso un juicio de inconstitucionalidad contra la reforma que prohibe el acceso público a las averiguaciones que lleva a cabo la PGR

Por: SUN

CIUDAD DE MÉXICO.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos le solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que invalide la reforma que entró en vigor a partir del mes pasado con base en la cual se prohibió el acceso público a las averiguaciones previas que lleva a cabo la Procuraduría General de la República ( PGR).

En opinión del presidente de la CNDH, José Luis Soberanes, dicha reforma no sólo atenta contra el derecho a la información, protegido por el artículo 6 de la Constitución, sino que también impide que la Comisión realice su labor de defensa de los derechos humanos en los casos en los que esté involucrada la propia procuraduría.

Y por tal motivó le pidió a la Corte, mediante un juicio de acción de inconstitucionalidad, que la anule.

La reforma en cuestión, mediante la cual se modificó el artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales fue impulsada por la propia PGR y el gobierno federal, se publicó y entró en vigor desde el 23 de enero pasado.

En dicho artículo se estableció que: “a las actuaciones de averiguación previa sólo podrán tener acceso el inculpado, su defensor y la víctima u ofendido y/o su representante legal, si los hubiere. Al servidor público que indebidamente quebrante la reserva de las actuaciones o proporcione copia de ellas o de los documentos que obren en la averiguación, se le sujetará al procedimiento de responsabilidad administrativa o penal, según corresponda”.

Con base en esta modificación también se estableció que todas las averiguaciones previas tienen el carácter reservado y que sólo se puede acceder a ellas después de tres años cuando se determino el no ejercicio de la acción penal o hasta 12 años después en los casos en cuyos juicios han sido resueltos en definitiva.

La medida ha sido ampliamente cuestionada en diversos sectores de la sociedad y de la academia, pero en especial por el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental (IFAI), el cual la ha calificado “de un gran retroceso”.

Porque dicho instituto había considerado procedente otorgar el acceso a averiguaciones previas concluidas, esto es, en los casos donde se emiten dictámenes de no ejercicio de la acción penal, o bien, en los que ha determinado consignar penalmente a una persona ante los tribunales.

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