Viernes, 29 de Noviembre 2024
México | El legislador explicó que en 2006 sólo 12 casos por este delito pudieron acreditarse ante el Ministerio Público

Impulsan reformas para tipificar mejor el delito de fraude procesal

El diputado José Antonio Zepeda promotor de esta reforma al Código Penal, el delito de fraude procesal y eliminar deficiencias en los juicios.

Por: NTX

CUIDAD DE MÉXICO.- El diputado José Antonio Zepeda presentó una iniciativa con proyecto de decreto a fin de tipificar con precisión en el Código Penal el delito de fraude procesal y eliminar deficiencias en los juicios.  

El legislador del Partido Acción Nacional (PAN), promotor de esta reforma al Artículo 310 del Código Penal, aseguró que con esto se evitará que los abogados oculten pruebas en un juicio para beneficiarse y, con ello, alargar un proceso jurídico.  

Explicó que en 2006 sólo 12 casos por este delito pudieron acreditarse ante el Ministerio Público, lo que revela que este tipo penal genera trámites ociosos con altos costos económicos y cuantificables en horas-hombre de trabajo, por la investigación del asunto y que, en realidad, se trata tan sólo de una pesquisa.  

En entrevista, Zepeda Segura ejemplificó que casi 80 por ciento de los casos en materias civil, mercantil, penal y familiar, entre otros, corren el riesgo de alargarse, encarecerse y provocar contradicciones entre distintas autoridades.  

Ello debido a que la ley establece que cualquier error interprocesal de algún abogado de las partes en conflicto puede ser demandado para enmendarlo, situación que alarga el caso, encarece la querella y puede, incluso, contradecir a las autoridades.  

Actualmente, explicó, el delito por fraude procesal en el Código Penal del Distrito Federal se presta para intentar subsanar de manera abusiva diversas equivocaciones que los propios abogados y las partes de un procedimiento cometen.  

Detalló que ambas partes utilizan el método de denuncia ante el Ministerio Público, ya sea administrativa o judicial, con el fin de revertir lo que han perdido en algún juicio.  

En la actualidad quien simule un acto jurídico, escrito judicial o altere elementos de prueba y lo presente en juicio o realice cualquier otro acto tendiente a inducir a error a la autoridad judicial o administrativa para contravenir la ley será sancionado con seis meses a seis años de prisión y de 50 a 250 días de multa.  

Dispone también que este delito se persiga por querella, salvo que la cuantía o monto exceda de cinco mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al momento de realizarse el hecho.

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