Martes, 26 de Noviembre 2024
México | La Corte determina que los documentos de habilitación son violatorios a los DH

Ilegales, certificados para personas con autismo: SCJN

El Pleno de la Corte determina que los documentos de habilitación son violatorios a los DH de las personas

Por: SUN

Los ministros resuelven que esa medida puede contribuir a la formación de prejuicios y estereotipos sobre los autistas. NTX / ARCHIVO

Los ministros resuelven que esa medida puede contribuir a la formación de prejuicios y estereotipos sobre los autistas. NTX / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (18/FEB/2016).- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los llamados “certificados de habilitación” con anticonstitucionales porque violan los derechos humanos de igualdad y libertad de trabajo.

Dicha figura fue incluida en la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición de Espectro Autista, y fue impugnada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) por considerar que resultan contarios también al reconocimiento a la personalidad y capacidad jurídica y a la salud.

De acuerdo con esa ley, los certificados de habilitación son un documento expedido por autoridad médica especializada, reconocida por esta Ley, donde conste que las personas con la condición del espectro autista se encuentran aptas para el desempeño de actividades laborales, productivas u otras que a sus intereses legítimos convengan.

Al resolver la acción de inconstitucionalidad 33/2015, la SCJN resolvió que los “certificados de habilitación” son violatorios de derechos humanos porque condicionan la posibilidad de contratación laboral de las personas con la condición de espectro autista a la obtención de tales certificados.

Los ministros concluyeron que no se encuentran justificadas las razones por las cuales, a diferencia de las personas que cuenten con alguna otra discapacidad, resulta necesario que las personas con espectro autístico requieran de un documento “médico” que certifique que "se encuentran aptas para el desempeño de actividades laborales" y que además, de su obtención dependa la prohibición de que se les niegue su contratación por su condición.

La Suprema Corte también consideró violatoria la pretensión de requerir a sólo un grupo de la población mexicana un documento que “avale sus aptitudes para poder ingresar al sector laboral y productivo”.

Ello, explicaron los ministros, porque se traduce en una medida que, lejos de coadyuvar y concientizar al resto de la población sobre la condición de espectro autista, puede contribuir a la formación o fortalecimiento de prejuicios y estereotipos sobre las personas que cuenten con esa condición; lo cual resulta contrario al derecho humano de igualdad y no discriminación de las personas.

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