Lunes, 25 de Noviembre 2024
México | Caso Napoleón Gómez

Fallo de Corte favorece a mineros

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social anuncia que dará estricto cumplimiento a la resolución del juez de Distrito

Por: NTX

CIUDAD DE MÉXICO (03/MAY/2012).- Fallo inapelable. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) anunció que dará estricto cumplimiento al fallo que en su momento emita el juez de Distrito, en acatamiento a la resolución adoptada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el sentido de conceder un amparo a Napoleón Gómez Urrutia.

Lo anterior sobre la resolución que le negó la toma de nota como secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSSRM).

Reitera su permanente disposición a actuar en estricto apego a derecho y dentro de los límites constitucionales y legales que rigen sus procedimientos, razón por la cual será respetuosa de los criterios del Poder Judicial respecto del alcance e interpretación de las normas jurídicas aplicables.

En el juicio de amparo 1137/2008, promovido por el referido sindicato, el uez Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal dictó sentencia el 27 de marzo de 2009, negando el amparo y protección de la justicia a Napoleón Gómez Urrutia como secretario general.

Sin embargo, detalló, concediéndolo por lo que se refiere a Mario García Ortiz como secretario general suplente.

No obstante, en su oportunidad, las partes interpusieron los recursos de revisión correspondientes contra la sentencia aludida, de los cuales tocó conocer finalmente a la SCJN.

Es importante resaltar que en junio de 2011 la SCJN resolvió una contradicción de tesis relacionada con los alcances de la toma de nota.

La mencionada contradicción limita las facultades de la autoridad laboral para concluir que a ésta sólo le corresponde una verificación formal del cumplimiento de los estatutos y está imposibilitada para revisar aspectos de fondo, tales como verificar si es o no trabajador minero.

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