Viernes, 22 de Noviembre 2024
México | La demanda de diputados para frenar la expedición del documento sigue en trámite

Corte desecha recurso del Ejecutivo por cédula de identidad

La demanda de diputados para frenar la expedición del documento sigue en trámite

Por: SUN

Mientras se resuelve la controversia constitucional, la expedición de la cédula continúa. Calderón entrega una cédula en marzo. NTX  /

Mientras se resuelve la controversia constitucional, la expedición de la cédula continúa. Calderón entrega una cédula en marzo. NTX /

CIUDAD DE MÉXICO (25/MAY/2011).- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia desechó un recurso de reclamación del Presidente Felipe Calderón, interpuesto dentro del juicio de controversia constitucional que promovió la Cámara de Diputados para frenar la expedición de la cédula de identidad para menores.

La resolución de la Sala implica que la demanda planteada por los diputados sigue en trámite ante la Corte, que deberá resolver si el Ejecutivo federal se extralimitó en sus facultades al crear la cédula de identidad sin la aprobación del Poder Legislativo.

La controversia pretende invalidar el decreto presidencial emitido para expedir la cédula, con el argumento de que el Ejecutivo federal ejerció facultades que corresponden al Congreso de la Unión.

La demanda entregada a la Corte destaca que se pretende "obtener información personal de los ciudadanos, tal como domicilio, firma, huellas dactilares e imagen del iris", y que este último excede lo previsto en la Ley General de Población, que no lo contempla como requisito de identificación.

La demanda fue admitida a trámite el 7 de marzo pasado, en una resolución que impugnó el Presidente Calderón, mediante el recurso de reclamación resuelto este miércoles.

El Ejecutivo argumentó que el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Jorge Carlos Ramírez Marín, no obtuvo la aprobación de la mayoría de los integrantes del Pleno para interponer la controversia, como lo establece el reglamento de ese órgano parlamentario.

Durante la sesión, los ministros reconocieron que si bien el legislador no anexó a la demanda los documentos o pruebas que demuestren el acuerdo del Pleno, no es razón suficiente para acreditar que no lo hubiese obtenido.

Precisaron que, de acuerdo con el artículo 233 de reglamento de la Cámara baja, el presidente de ese órgano parlamentario todavía se encontraba en aptitud de exhibir los medios de prueba para acreditar que cumplió con el procedimiento para interponer la controversia.

Además, destacaron, "el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados es el representante legal de dicho órgano legislativo, en virtud de lo cual, en principio, tiene una presunción a su favor que debe ser fehacientemente desvirtuada".

Por ello, la causal de improcedencia que alega el Ejecutivo "sí puede ser desvirtuada con las pruebas que, en su caso, exhiba dicho funcionario durante la secuela del procedimiento", resolvieron los ministros.

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