Viernes, 29 de Noviembre 2024
México | Aceptaron dar validez legal a los 'enlaces conyugales' celebrados con anterioridad

Congreso de Colima aprueba matrimonios igualitarios

Al mismo tiempo los legisladores aceptaron dar validez legal a los 'enlaces conyugales' celebrados con anterioridad

Por: NTX

Tras la orden de la SCJN se realizaron varios foros, dando como resultado la opinión mayoritaria de autorizar los matrimonios gays. AFP / ARCHIVO

Tras la orden de la SCJN se realizaron varios foros, dando como resultado la opinión mayoritaria de autorizar los matrimonios gays. AFP / ARCHIVO

COLIMA, COLIMA (25/MAY/2016).- Los integrantes de la LVIII Legislatura local aprobaron por mayoría la celebración de matrimonios igualitarios, es decir entre personas de un mismo sexo.
 
Lo anterior al realizar modificaciones a la Constitución Política y al Código Civil del estado, con lo cual se acata la orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el sentido de eliminar la figura de "enlaces conyugales", por ser discriminatoria e inconstitucional.
 
Los "enlaces conyugales" fueron aprobados por la Legislatura anterior en julio de 2014, a fin de legalizar la unión civil entre personas de un mismo sexo, la cual fue rechazada por los propios interesados al constatar que tal figura no era reconocida para trámites oficiales, especialmente en materia de seguridad social.
 
De acuerdo con el dictamen aprobado en sesión ordinaria, presentado por la presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, Gabriela Sevilla, tras la orden de la SCJN se realizaron varios foros, dando como resultado la opinión mayoritaria de autorizar los matrimonios igualitarios.
 
Al mismo tiempo los legisladores locales aceptaron dar validez legal a los "enlaces conyugales" celebrados con anterioridad, siendo optativo para los contrayentes el celebrar contrato de matrimonio.
 
Para ello "los oficiales del Registro Civil deberán sustituir el acta de relación conyugal correspondiente por una nueva de matrimonio en los términos en que se celebró el enlace referido, sin necesidad de anexar nuevamente la documentación requerida para celebrar tales actos jurídicos".
 

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