Jueves, 28 de Noviembre 2024
México | La Ley de Protección a los No Fumadores, prohibe fumar en las áreas cerradas de los lugares públicos

Aprueba Congreso de Campeche iniciativa antitabaco

todos los establecimientos mercantiles, empresas e industriastendrán 80 días de plazo para cumplir con todos los requerimientos

Por: NTX

CAMPECHE.- El Congreso del estado aprobó hoy la iniciativa de Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores, misma que entrará en vigor con su publicación en los próximos días el Diario Oficial del Estado.  

Luego de ello, todos los establecimientos mercantiles, empresas, industrias, órganos del gobierno del estado y órganos autónomos, tendrán 80 días de plazo para cumplir con todos los requerimientos que establece la Ley.  

Asimismo, el Ejecutivo estatal tendrá 90 días de plazo para expedir los reglamentos, así como la elaboración y difusión del manual de señalamientos y avisos que deberán ser colocados por la Secretaría estatal de Salud en todos los establecimientos, para el cual tiene 60 días de plazo.  

Dicha iniciativa de Ley fue presentada por el diputado local del Partido Acción Nacional (PAN), Alvaro Jiménez Flores, y su propósito es proteger el derecho de los no fumadores, así como establecer medidas para conservar la salud de las personas no fumadoras de los efectos que causa la inhalación del humo producido por tabaco.  

En ella se promueve la cultura de la tolerancia y respeto mutuo entre fumadores y no fumadores; también fomenta la prevención, concienciación y difusión de los daños en la salud, pero al mismo tiempo establece sanciones para quienes incumplan con lo previsto en la Ley.  

La Ley de Protección a los No Fumadores, prohibe fumar en las áreas cerradas de los lugares públicos, como las oficinas de cualquier dependencia o entidad de la administración pública centralizada y descentralizada del estado y de los municipios.  

Asimismo, en centros de trabajo, establecimientos comerciales, empresas, industrias, tiendas de autoservicio, oficinas bancarias y comerciales, entre otros.  

Abarca igualmente bibliotecas, museos, en vehículos destinados al transporte de pasaje, aunque se contempla tolerancia para fumar en las áreas cerradas de los lugares públicos, siempre que se acondicionen espacios para fumadores.  

La Secretaría de Salud, dentro del ámbito de su competencia, podrá realizar actos de inspección y vigilancia en los lugares públicos, y de existir violaciones a los preceptos de la Ley y sus reglamentos, aplicará sanciones administrativas o económicas.  

Las personas físicas o morales que incumplan con la disposición se harán acreedoras a amonestaciones, multa equivalente hasta 100 veces el salario mínimo, y la clausura del lugar, en caso de reincidencias.  

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