Jueves, 28 de Noviembre 2024
México | ''Se tiene que resolver ya esta situación para la próxima semana'', indica

Abogado confía que Elba Esther obtenga prisión domiciliaria

Marco Antonio del Toro detalla que en tres días el juez debe fijar fecha para la audiencia e inmediatamente tomar la decisión de otorgarle o no este beneficio

Por: SUN

La próxima semana la ex lideresa del SNTE podría obtener la prisión domiciliaria, según su abogado. EL INFORMADOR / ARCHIVO

La próxima semana la ex lideresa del SNTE podría obtener la prisión domiciliaria, según su abogado. EL INFORMADOR / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (04/AGO/2015).- Marco Antonio del Toro, abogado de Elba Esther Gordillo, informó que la próxima semana la ex lideresa del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación ( SNTE) podría obtener la prisión domiciliaria.

"Jurídicamente sí (la maestra podría irse a su casa la próxima semana), se tiene que resolver ya esta situación para la próxima semana, sin lugar a dudas", indicó.

En entrevista con Ciro Gómez Leyva, el abogado detalló que en tres días el juez debe fijar fecha para la audiencia e inmediatamente tomar la decisión de otorgarle o no este beneficio.

El abogado agregó que únicamente están en espera es de que se recabe de la maestra Gordillo la ratificación del desistimiento de esa pericial, sobre su estado de salud, "acto seguido tienen que llamar a esa audiencia dentro de los siguientes tres días e inmediatamente resolver la solicitud planteada".

Asimismo, indicó que para esta audiencia, la cual es la última del procedimiento, se presentó el viernes un escrito para solicitar que cualquier medio de comunicación que desee estar presente puede y debe hacerlo.

"Es muy extraño que en las audiencias haya habido filtros de seguridad para impedir que ingrese la prensa. Queremos que esta cuestión se elimine para que con ellos se impidan manejos que podemos señalar como "oscuros" y muchas veces no apegados a derecho".

Del Toro afirmó que han acreditado el estado de salud de la maestra, que no hay peligro de fuga y que no representa ningún peligro para la sociedad.

"Lo que establece el Artículo 55 del Código Penal es que se acredite que la persona es un adulto mayor cuya edad supere los 70 años, que no constituya un riesgo de fuga y que no constituya un peligro para la sociedad, además de que no esté imputada por un delito de secuestro… todos esos requisitos se acreditaron plena y legalmente en el expediente con la documentación correspondiente", puntualizó.

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