Lunes, 25 de Noviembre 2024
Jalisco | Se desconoce a quien pertenece lo asegurado

Soldados decomisan arsenal en San Cristóbal de la Barranca

No había presencia de alguna persona por lo que se desconoce a quien pertenece lo asegurado

Por: EL INFORMADOR

En caso de que se porten dos o más armas de fuego, la pena correspondiente se aumentara hasta en dos terceras partes. ESPECIAL.  /

En caso de que se porten dos o más armas de fuego, la pena correspondiente se aumentara hasta en dos terceras partes. ESPECIAL. /

SAN CRISTÓBAL DE LA BARRANCA, JALISCO(26/SEP/2011).- Soldados de la XV Zona Militar decomisaron armas de fuego de grueso calibre, cuando realizaban recorridos de vigilancia en la Región Centro de la Entidad. No hubo personas capturadas.

Los militares informaron que cuando realizaban operativos de vigilancia entre los límites de Jalisco y Zacatecas, al llegar a las inmediaciones de San Cristóbal de la Barranca, localizaron una finca abandonada donde encontraron un arsenal.

Al inspeccionar el lugar, aseguraron dos fusiles AK-47, mejor conocidos como "cuernos de chivo", un fusil AR-15, cinco granadas de fragmentación, 399 balas y 32 cargadores de diferentes calibres.

En el lugar donde fueron aseguradas las armas, no había presencia de alguna persona por lo que se desconoce a quien pertenece lo asegurado, además fueron puestas a disposición de la Procuraduría General de la República para su investigación.
 
PARA SABER


La Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos dice en su artículo 11, que las armas, municiones y materia para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, son las siguientes:

C.- Fusiles, mosquetones, carabinas y tercerolas en calibre .223", 7 milímetros; 7.62 milímetros y carabinas calibre .30, en todos sus modelos.

H- Proyectiles-cohete, torpedos, granadas, bombas, minas, cargas de profundidad, lanzallamas y similares, así como los aparatos, artificios y máquinas para su lanzamiento.

De acuerdo con el artículo 83 de la misma ley se castigara a la persona culpable de la siguiente manera:

I.- Con prisión de cuatro meses a 15 años y de 100 a 500 días multa, cuando se trate de las armas comprendidas  del artículo 11 de esta ley. (Las armas decomisadas por los soldados en San Cristóbal de la Barranca).

En caso de que se porten dos o más armas de fuego, la pena correspondiente se aumentara hasta en dos terceras partes.

Cuando tres o más personas integrantes de un grupo, porten armas de las comprendidas de acuerdo con  la fracción III del presente artículo, la pena correspondiente a cada una de ellas se aumentara al doble.
 
 EL INFORMADOR / OMAR RUVALCABA

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