Domingo, 29 de Septiembre 2024
Jalisco | Lo que sigue es que el INE derive la denuncia al Tribunal estatal para una resolución

Sí hubo exceso de spots de Villanueva y Alfaro: IEPC

Lo que sigue es que el INE derive la denuncia al Tribunal estatal para una resolución, señalan

Por: EL INFORMADOR

En caso de declarar irregularidades en sus spots, los candidatos no podrán utilizar radio o televisión para promocionarse. EL INFORMADOR / ARCHIVO

En caso de declarar irregularidades en sus spots, los candidatos no podrán utilizar radio o televisión para promocionarse. EL INFORMADOR / ARCHIVO

GUADALAJARA, JALISCO (17/ENE/2015).- Ha existido un exceso en el uso de los mecanismos de transmisión de mensajes de los partidos políticos, o lo que es lo mismo, los precandidatos abusaron en sus precampañas, asegura el consejero presidente del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco ( IEPC), Guillermo Amado Alcaraz Cross.

 Tras inconformidades al respecto, el IEPC presentó dos denuncias ante el Instituto Nacional Electoral (INE), por lo que este organismo dictó medidas cautelares mientras se toma una determinación.

 Es por eso que se ordenó el retiro de spots en televisión y radio de los precandidatos a la alcaldía de Guadalajara del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano.

 "Consideramos que había un uso desmedido de spots en cuanto a la necesidad de transmitir los mensajes; presentamos la denuncia ante el INE, la toma y nos concede la medida cautelar, que no significa que la medida sea irregular o no, sino que mientras se resuelve esta parte, no podrán transmitir los spots".

 Lo que sigue es que el INE derive la denuncia al Tribunal Electoral del Estado de Jalisco, y es ahí donde se dará una resolución. La denuncia hacia el candidato del PRI, Ricardo Villanueva, ya está emitida, mientras que el caso del candidato de Movimiento Ciudadano, Enrique Alfaro, la próxima semana se realiza la audiencia en el tribunal.

 "Una vez en el Tribunal, se decidirá si la medida cautelar obedeció a una actividad irregular, o si definitivamente no".

 En caso de declararse que el uso de spots fue una actividad irregular, ambos candidatos no podrán utilizar ni televisión ni radio para promocionarse.
 
 EL INFORMADOR / THAMARA VILLASEÑOR

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