Lunes, 25 de Noviembre 2024
Jalisco | En caso de que el trabajador fallezca por riesgo de trabajo, se accede automáticamente

Pensión por viudez, la más demandada en IMSS Jalisco

En caso de que el trabajador fallezca por riesgo de trabajo, se accede de forma automática

Por: NTX

La pensión se entrega sólo a la esposa o en su caso a quien acredite concubinato. EL INFORMADOR / ARCHIVO

La pensión se entrega sólo a la esposa o en su caso a quien acredite concubinato. EL INFORMADOR / ARCHIVO

GUADALAJARA, JALISCO (10/ABR/2016).- Las pensiones por viudez ante la Jefatura de Prestaciones Económicas del IMSS Jalisco tienen mayor demanda, después de las de cesantía en edad avanzada, con 24 por ciento del total de las rentas vitalicias que se pagan a trabajadores y beneficiarios.
 
El jefe del Departamento de Supervisión a Prestaciones Económicas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) Jalisco, Antonio Haro Hernández, informó lo anterior al abordar el tema de las pensiones en esta entidad.
 
Indicó que en caso de que el trabajador haya fallecido por riesgo de trabajo la esposa o concubina de manera automática accede al pago de la pensión por viudez, sin tiempos de espera, una vez que realiza el trámite y cumple los requisitos establecidos en la Ley del IMSS.
 
Haro Hernández anotó que si el deceso fue por enfermedad general, la viuda podrá acceder a una pensión siempre y cuando el trabajador haya cotizado mínimo 150 semanas ante el IMSS y se haya encontrado dentro de la vigencia de derechos, la cual se contempla hasta cinco años después de haber causado baja laboral.
 
Para poder tramitar una pensión por viudez, es necesario presentar acta de matrimonio o comprobantes que avalen la convivencia en concubinato y acta de defunción del titular.
 
El trámite inicia en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) en donde se verifica la vigencia del trabajador o bien en la subdelegación que le correspondía al trabajador de acuerdo a su domicilio.
 
Haro Hernández señaló que el derecho a la pensión es inextinguible, "es decir que puede solicitarlo en cualquier momento, incluso tiempo después del fallecimiento del cónyuge siempre y cuando se cumplan los requisitos".
 
Refirió que cuando por otro tipo de situaciones existe la presunción de fallecimiento, "ésta debe ser avalada por un juez y debe tener una fecha de muerte, de lo contrario no es posible proceder con el trámite".
 
La pensión, aclaró, se entrega sólo a la esposa o en su caso a quien acredite concubinato con el trabajador extinto, de existir dos esposas o dos concubinas ninguna tendría derecho a la prestación.
 
En el caso de los hijos del trabajador finado, el IMSS otorga pensión por orfandad a menores de 16 años y hasta 25 años de edad si estudian, o incluso de por vida si los hijos presentan algún tipo de invalidez.
 

Temas

Lee También

Recibe las últimas noticias en tu e-mail

Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día

Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones