Viernes, 22 de Noviembre 2024
Jalisco | El Consejo de Giros Restringidos no quiere dar más autorizaciones en esa zona

Guadalajara analiza decretar veda a bares y antros en el poniente

Se presentará una iniciativa ante el pleno del Ayuntamiento para su concreción

Por: EL INFORMADOR

La propuesta podría ser aprobada en la primera sesión del pleno inmediata a su presentación. ARCHIVO  /

La propuesta podría ser aprobada en la primera sesión del pleno inmediata a su presentación. ARCHIVO /

GUADALAJARA, JALISCO (06/JUN/2011).- El Consejo de Giros Restringidos de Guadalajara aprobó un acuerdo para decretar una veda sobre la autorización de este tipo de establecimientos en todo el poniente del municipio, es decir, en el Subdistrito 2 Minerva, que considera zonas como Providencia y corredores como Avenida Chapultepec y la Avenida López Mateos.

El presidente del Consejo, Eduardo Almaguer Ramírez, anunció que con base en dicho acuerdo, presentará una iniciativa ante el pleno del Ayuntamiento para que se decrete esta veda, con lo que la autoridad municipal comenzaría a negar todas las peticiones para la instalación de nuevos giros como restaurantes, bares, antros y discotecas, aun y cuando éstas no contravinieran ninguna norma o plan parcial de desarrollo urbano.

Para el Consejo de Giros Restringidos la zona poniente del municipio se encuentra ya “saturada” por este tipo de establecimientos, dijo Almaguer Ramírez, aunque no profundizó en los parámetros o índices con los que el órgano que preside llegó a dicha conclusión (de dos mil 966 de estos giros en Guadalajara, 252 están en el subdistrito, apenas el 8%), hizo referencia, además, a los conflictos vecinales que se han generado cuanto estas actividades llegan a áreas que aún son habitacionales.

La propuesta se presentará con carácter de dictamen, esto quiere decir que  puede ser aprobada por el pleno en su siguiente sesión, sin necesidad de que pase para su estudio a las comisiones edilicias.

Almaguer Ramírez descartó además que ésta sea una determinación que pueda resultar frágil en su fundamentación jurídica (es decir, que sería revertida por los ciudadanos que buscan instalar un negocio propio en el subdistrito y que,  ante la negativa que recibirían del municipio con base en la “saturación” de la zona, pudieran acudir ante el Tribunal de lo Administrativo del Estado a impugnar la decisión), pues afirma que el Artículo 115 constitucional y las facultades que reconoce al Ayuntamiento son suficientes para tomar este tipo de medidas.  

EL INFORMADOR / LUIS HERRERA


 

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