Jueves, 28 de Noviembre 2024
Jalisco | Fijan topes de salarios caídos para empleados despedidos

Entraron en vigor reformas a Ley de Servidores Públicos

Fijan topes de salarios caídos para empleados despedidos, podrán exigir hasta 12 meses de sueldo

Por: EL INFORMADOR

Las reformas a la Ley de Servidores Públicos entraron en vigor desde el pasado viernes. ARCHIVO /

Las reformas a la Ley de Servidores Públicos entraron en vigor desde el pasado viernes. ARCHIVO /

GUADALAJARA, JALISCO (23/SEP/2013).- Las reformas a la Ley de Servidores Públicos que generó enfrentamientos entre diputados del PRI y del PAN en la sesión del pasado 12 de septiembre, fueron publicadas por el gobernador del Estado, Aristóteles Sandoval, el pasado 19 de septiembre y entraron en vigor desde el pasado viernes.

Ello significa que a partir de esa fecha cualquier burócrata que sea despido de su encargo y sienta que su baja es injusta podrá acudir ante instancias legales, pero lo máximo que podrá obtener son 12 meses de salarios caídos.

La también conocida como Ley Anticochinos promovida por los diputados del PRI tiene como finalidad evitar la complicidad entre autoridades y abogados que dilataban los procesos legales para obtener cuantiosas ganancias, no obstante las reformas a la Ley de Servidores Públicos fueron criticadas por legisladores de Acción Nacional quienes consideraron que se dejaba en indefensión a los empleados que laboran en alguna de las áreas de gobierno.

La legisladora, Norma Angélica Cordero, adelantó que estas reformas abrían la puerta a lo que llamó "una cacería de brujas" en contra de actuales funcionarios en municipios, gobierno estatal y los tres poderes, sin dejar fuera a los organismos públicos descentralizados.

Por su parte, el legislador, Juan Carlos Márquez, refirió que la propuesta para reformar la Ley de Servidores Públicos era incompleta y atentaba en contra de los burócratas de Jalisco; por lo que pidió que los diputados incluyeran otros aspectos en la norma para que fuera integral.

Márquez Rosas consideró que la propuesta que ahora es Ley era limitada y propuso que se establecieran plazos para las diligencias, que se redujera el plazo para presentar las demandas de 60 a 30 días, que el juicio laboral durara como máximo 12 meses, si de la audiencia se desprende que no existió juicio administrativo de parte del patrón al trabajador, se dictaría el laudo como despido injustificado y se ordenaría la reinstalación del servidor público, si una vez reinstalado la autoridad volvía a despedir al funcionario, se consideraría abuso de autoridad; que los sindicalizados tuvieran la opción de pedir que sus líderes rindan cuentas y que la plaza de la persona despedida se congele hasta que resuelva de fondo el laudo. La propuesta del panista, Juan Carlos Márquez, para que estas modificaciones quedaran incluidas fueron rechazadas.

La propuesta fue avalada por la mayoría de los diputados y entró en vigor desde el viernes pasado.

¿Qué dicen las reformas a la Ley de Servidores Públicos?

Artículo 23

(...) Si en el juicio correspondiente no comprueba la entidad pública causa de terminación o cese, o se resuelve que el despido fue injustificado, el servidor público tendrá derecho, sin importar la acción intentada, que se le paguen sus sueldos vencidos, computados desde la fecha del cese hasta por un periodo máximo de 12 meses.

(...) A los abogados o representantes, litigantes o representantes que promuevan acciones, excepciones, incidentes, diligencias, ofrecimiento de pruebas, recursos y toda actuación en forma notoriamente improcedente, con la finalidad de prolongar, dilatar u obstaculizar la sustanciación o resolución de un juicio laboral, el Tribunal de Arbitraje y Escalafón le impondrá una multa de 100 a mil veces el salario mínimo general vigente en la Zona Metropolitana de Guadalajara.

Si la dilación es producto de omisiones o conductas irregulares de los funcionarios o servidores públicos, la sanción aplicable será la suspensión hasta por 30 días sin pago de salario y, en caso de reincidencia, la destitución del cargo, en los términos de las disposiciones aplicables. Además en este último supuesto se dará vista al Ministerio Público para que investigue la posible comisión de delitos en contra de la administración de la justicia.

El dato

De acuerdo con el artículo segundo transitorio, todos los juicios iniciados con las disposiciones anteriores a la reforma deberán concluirse de conformidad con ellas.

Temas

Lee También

Recibe las últimas noticias en tu e-mail

Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día

Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones