Sábado, 30 de Noviembre 2024
Jalisco | De manera unánime los ministros determinan la responsabilidad del ahora ex diputado

Deshabilitan y consignan a Macías por desacato a la Corte

La SCJN determina de manera unánime la responsabilidad al ahora ex diputado del Congreso de Jalisco

Por: EL INFORMADOR

Gustavo Macías, diputado local del PAN acusado de desacato por desatender una orden de la Suprema Corte. ARCHIVO  /

Gustavo Macías, diputado local del PAN acusado de desacato por desatender una orden de la Suprema Corte. ARCHIVO /

CIUDAD DE MÉXICO (19/ABR/2012).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó separar del cargo al diputado Gustavo Macías Zambrano, a quien antes había responsabilizado del desacato, además se le consignará ante un juez de distrito en materia penal para que se abra un procedimiento.

En la discusión del pleno del alto tribunal se aclaró que el servidor público ya no goza de inmunidad procesal o fuero porque previamente la misma Corte lo separó del cargo por encontrarle "responsabilidad constitucional".

Se ordenó la consignación directa de Macías Zambrano ante el juez de Distrito en Materia Penal en turno en Jalisco, conforme lo dispuesto en la Constitución federal y en la propia resolución de la Suprema Corte.

El tribunal constitucional también determinó por mayoría que el juez de la causa del ex presidente de la Mesa Directiva del Congreso de Jalisco deberá iniciar un proceso penal con todas sus actuaciones, sin que pueda modificar las determinaciones de la responsabilidad constitucional.

El pleno del máximo tribunal del país determinó que el juzgador ante el cual se lleve este procedimiento deberá abrir todas las etapas constitucionales que correspondan y en las cuales se podrán hacer valer todos los medios para su defensa.

En este caso, el pleno de la SCJN determinó que los efectos de la presente resolución deberán causar efectos desde el momento de la notificación de la sentencia dictada este jueves.

Asimismo, el máximo tribunal del país determinó que el Ministerio Público Federal se deberá insertar en el proceso penal que se iniciará contra el aún diputado local, luego de la que consignación la hará de manera directa la SCJN.

El martes pasado, luego de una larga discusión, el presidente de la SCJN decretó un receso y la sesión se repuso algunos minutos después, sólo para acordar posponer la discusión del tema hasta este jueves, donde finalmente se tomó la determinación.

El máximo órgano judicial decidió entonces que el panista es responsable porque era presidente del Congreso cuando ocurrió el desacato.

El origen del conflicto

El pasado 23 de agosto, con 36 votos, el pleno del Congreso aprobó el nombramiento de cuatro nuevos magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco: José León Valle, Elsa Navarro Hernández, José Juan Soltero Meza y Ramón Ramírez Hernández. Sin embargo, estos funcionarios judiciales nunca llegaron a tomar posesión de sus cargos, pues la Corte hizo valer los efectos de su decisión previa.

La clave del asunto estuvo en la resolución de la Corte que ordenó al Congreso que suspendiera los nombramientos. De acuerdo con Gustavo Macías, el aviso llegó tarde al Congreso, aunque realmente llegó a tiempo y se quedó en la Oficialía de Partes y con eso, según varios juristas consultados desde agosto hasta la fecha, era suficiente para que el pleno del Poder Legislativo se diera por enterado en forma oficial.

Con la resolución de hoy, también se deja sin efectos los actos de designación y toma de protesta de los cuatro nuevos magistrados, ya que son violatorios de la medida suspensional concedida por la Suprema Corte.

En este sentido durante una sesión pública, el máximo tribunal constitucional del país determinó declarar existente la violación a la suspensión de los actos impugnados conseguida mediante acuerdo del 22 de agosto de 2011.

PARA SABER
Marco legal


Los ministros basan su resolución en lo que refiere el artículo 107 de la Constitución Mexicana, fracción 17: “La autoridad responsable que desobedezca un auto de suspensión o que, ante tal medida, admita por mala fe o negligencia fianza o contrafianza que resulte ilusoria o insuficiente, será sancionado penalmente”.

Con información de NTX

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