Lunes, 25 de Noviembre 2024
Jalisco | Entre veras y bromas por Jaime García Elías

—Derrapadas

Donde el legislador habla de matrimonio ''entre personas del mismo sexo'', el intérprete no debe entender matrimonio ''entre homosexuales''

Por: EL INFORMADOR

Sin pretender enseñar el Padre Nuestro al señor cura, es evidente que el polémico asunto de los matrimonios entre personas del mismo sexo —que no, como erróneamente se dice, “entre homosexuales o lesbianas” o “entre gays”—, pudo haberse manejado, tanto en lo estrictamente legal como en lo semántico, mucho mejor de como lo hicieron, primero, la Asamblea de Representantes del Distrito Federal al incorporar esa figura jurídica en su Código Civil, y, posteriormente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación al convalidarlo tal cual, y por la Iglesia Católica al comentarlo.

-II-

Hoja perdida en un océano de letras, en la sección de cartas de uno de tantos periódicos que circulan por el mundo, aparecía ayer (firmada por Carmen Azorín Bernárdez, desde México), este párrafo: “Las leyes, como los hombres, son complejas. Tanto, que las más de las veces necesitan de intérpretes para que prevalezca su sentido, su fin último: que se haga justicia. Lo demás, la letra pequeña, las interpretaciones malévolas, son sólo la expresión mezquina de un modo de pensar de quien no ha comprendido el espíritu de la ley y por lo tanto nunca tendría que ser árbitro...”.

El traje no llevaba dedicatoria para la declaración escrita del cardenal Norberto Rivera Carrera sobre el tema, pero le quedaba justo a la medida. Su Eminencia calificó de “aberrante” la resolución de la Suprema Corte que declara la constitucionalidad de las “inmorales” uniones entre personas del mismo sexo...

De entrada, el prelado derrapa escandalosamente al hacer un falso guiño a la caridad cristiana: “Las injusticias cometidas en contra de las personas homosexuales —dice—, no deben ser justificación para otorgar falsos derechos, por lo que la ley que las reconoce podrá ser legal, pero nunca moral”. La morrocotuda pifia del purpurado estriba en incorporar al debate, vaya usted a saber en nombre de qué prejuicios, el asunto de la homosexualidad. Y aunque ese punto pudiera parecer implícito, el principio general de derecho —válido, incluso, para el derecho canónico— establece claramente que “Donde no distingue el legislador, no debe distinguir el intérprete”.

-III-

Más claro: donde el legislador habla de matrimonio “entre personas del mismo sexo”, el intérprete no debe entender matrimonio “entre homosexuales”, so pena de llevar el tema del matrimonio, a empellones, al terreno del erotismo, lo que equivale —para decirlo en cristiano... y para que Don Norberto lo entienda mejor— a confundir los rábanos con las hojas.

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