GUADALAJARA, JALISCO (07/SEP/2017).- Las personas que en Jalisco publiquen videos o fotografías con contenido erótico o sexual sin el consentimiento de los expuestos (sexting), que a través de internet engañen a menores para tener contacto con ellos o para conseguir este tipo de material (grooming), o que induzcan al suicidio (como en el reto de la ballena azul), irán a la prisión.Por unanimidad, el pleno del Congreso del Estado aprobó incluir en el Código Penal estas prácticas.Los diputados jaliscienses avalaron que los responsables de sexting serán encarcelados hasta ocho años si llevan a cabo esta acción a través de computadoras, celulares, tabletas o cualquier otro dispositivo. Sin embargo, si el afectado es un menor de edad, se les aplicará la sanción vigente en el Código Penal federal respecto a la pornografía infantil y abuso de menores, por lo que pasarían hasta 12 años encerrados en un penal y tendrían que pagar más de 150 mil pesos.Por grooming, los legisladores acordaron castigos de seis a 12 años de cárcel y multas de hasta 41 mil 519 pesos cuando un adulto contacte a un menor con mentiras o lo incite a que le proporcione imágenes íntimas e información personal.La priista Rocío Corona Nakamura, promotora de la reforma, comentó que, a raíz de la difusión de diversos retos que llevan al suicidio, se avaló la imposición de penas de 10 días a tres años de prisión a quien instigue a una persona a infligirse lesiones y a realizar actos que lo pongan en peligro. Si un menor pierde la vida por este tipo de acciones, el aprisionamiento del promotor podría durar hasta 50 años.La legisladora tricolor refirió que, de acuerdo con estadísticas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), México ocupa el primer lugar en América Latina en casos de sexting. “Cuando las imágenes se vuelven virales pueden desencadenar depresión, estrés o angustia. Los que sobreviven al sexting viven cibertatuados”, agregó.Puntualizó que para investigar y dar seguimiento a estos delitos se buscará reforzar el actuar de la Policía Cibernética. Sin embargo, esta medida no se mencionó en el dictamen aprobado.Estos tres ilícitos se incluyeron en el título quinto del Código Penal en el capítulo de “Ultrajes a la Moral o a las Buenas Costumbres e Incitación a la Prostitución”. La reforma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.