En los términos del artículo 28-A de la Ley del IVA y las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, especificó, las empresas podrán gozar del beneficio de devolución de IVA en el plazo que corresponda, de acuerdo con la modalidad otorgada.El SAT explicó que las empresas que se encuentren al corriente del cumplimiento de sus obligaciones fiscales y aduaneras, podrán obtener una certificación, bajo las modalidades A, AA y AAA.Ello con el fin de aplicar un crédito fiscal consistente en una cantidad equivalente a 100% del IVA y IEPS por la importación temporal de mercancías.Esta certificación está dirigida a empresas que introduzcan bienes a los regímenes aduaneros de importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación.Así como de depósitos fiscales para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos; de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado, y de recinto fiscalizado estratégico.Datos del órgano fiscalizador, cuyo titular es Aristóteles Núñez Sánchez, revelaron que al 7 de julio del presente año, se tiene un registro de 245 empresas certificadas en materia de IVA y del IEPS, con datos completos de RFC y la modalidad a la que pertenecen.Destacan: Volkswagen de México SA de CV; Samsung Mexicana SA de CV; Branson de México SA de CV; Panasonic Industrial Devices Mexicana SA de CV; System Sensor De Mexico S De RL De CV, entre otras.En cuanto a la regla de devolución, el documento en el DOF precisó que las empresas gozarán de este beneficio únicamente respecto de las solicitudes de devolución de saldos a favor del IVA que se hayan generado y declarado a partir de enero del 2014.Además, deberán haber solicitado su devolución a partir del mes en el que se haya obtenido la Certificación, y que en el periodo que se requiere, no se haya solicitado con anterioridad o se hubiera desistido del trámite.Indicó que la devolución se realizará en los siguientes plazos, bajo la modalidad A, con una vigencia de Certificación de un año, la devolución del IVA se realizará en un periodo máximo de 20 días.Empresas Certificadas con la modalidad AA, con una vigencia de certificación de dos años, podrán obtener su devolución en un periodo de 15 días, y finalmente, la Certificación AAA, con una vigencia de tres años, se hará acreedor a la devolución de IVA en 10 días.CÓMO MÁXIMO20 días será el tiempo en que las empresas certificadas con la modalidad A reciban su devoluciónA PARTIR DE ENERO DEL2014 las empresas que hayan generado sus saldos a favor serán recompensadas con el reembolso del IVA.