Martes, 26 de Noviembre 2024
Economía | Propone cambios en la figura del arraigo y retención de bienes

Reforma financiera va por deudores

De acuerdo con especialistas consultados, la defensa del usuario de servicios financieros será más eficiente

Por: EL INFORMADOR

GUADALAJARA, JALISCO (17/SEP/2013).- La semana pasada, la Cámara de Diputados aprobó la reforma financiera y ahora se encuentra en la Cámara de Senadores, para su discusión y aprobación definitiva. Tal vez esto pareciera no afectarle, pero en dicha reforma hay puntos que debe de tomar en cuenta si es un usuario de los servicios financieros.

Existen dos puntos de la reforma que deben de interesarle a cualquier persona que tenga relación con alguna institución financiera: las modificaciones en torno a la figura del arraigo, así como el tema de la retención de bienes, explicó Ángel González, director general de la Organización Nacional de la Defensa del Deudor.

Con el objetivo de darle más certeza jurídica a los bancos, para que puedan prestar más y más barato, se tiene contemplado que éstos tengan más poder para ejecutar sus garantías. Por ello, la reforma contempla reordenar las disposiciones relativas al arraigo (o radicación de persona, según las modificaciones que realizó la Cámara de Diputados al término), para dar más claridad a la ley y mayor certeza jurídica en la ejecución de esta medida.

La radicación de persona (o arraigo) se aplicaría cuando hubiese temor fundado de que se ausente u oculte el deudor en contra de quien deba promoverse o se promovió una demanda, según el dictamen del paquete de reformas financieras.

''En caso de que el juez solicite el arraigo del deudor, éste no podrá abandonar la ciudad'', indicó Ángel González. Si usted como deudor no cumple con esta disposición (abandone la ciudad donde se desarrolla el juicio) se ejecutará una orden de aprehensión en su contra.

Según el dictamen, la retención de bienes se aplicará cuando exista temor fundado de que los bienes que se consignaron como garantía o en contra de los que se vaya a ejercer una acción real, se dispongan, oculten, dilapiden, enajenen o sean insuficientes para cubrir la deuda.

De acuerdo con especialistas consultados, la defensa del usuario de servicios financieros será más eficiente

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