Sábado, 19 de Octubre 2024
Economía | Bancos y asociaciones deberán reportar actividades sospechosas de sus clientes

Entrada en vigor de legislación antilavado será positiva, aseguran

Bancos y asociaciones deberán reportar cualquier actividad sospechosa de sus clientes

Por: NTX

Aseguran que para el sistema financiero es conveniente el combatir el lavado de dinero. ARCHIVO /

Aseguran que para el sistema financiero es conveniente el combatir el lavado de dinero. ARCHIVO /

CIUDAD DE MÉXICO (28/JUL/2013).- La Asociación de Bancos de México (ABM) calificó como positiva la entrada en vigor de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, ya que con ello se cumple con la última asignatura pendiente en cuanto a las recomendaciones del GAFI.

Y es que la aprobación de esta legislación va en línea con las 40 recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional sobre el Blanqueo de Capitales (GAFI), abundó el líder de los banqueros, Javier Arrigunaga Gómez del Campo.

Si bien, dijo, estas recomendaciones tienen que ver con todo lo que corresponde con el sistema financiero formal, también incluyen las actividades de otros agentes importantes, y con esta nueva legislación se cumple en buena medida con esto que era la última asignatura pendiente.

"Entonces, por supuesto que para el sistema financiero es conveniente que el combate al lavado de dinero se haga en distintos frentes, no exclusivamente del sistema financiero, sino también de otros participantes", manifestó.

No obstante, reconoció que ante la aplicación de esta nueva regulación habrá filtros adicionales más allá de un freno de clientes.

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita considera actividades vulnerables las vinculadas a la práctica de juegos con apuestas, concursos o sorteos, la emisión o comercialización de tarjetas de servicios o de crédito no bancarias.

Así como de cheques de viajero, la prestación de operaciones de mutuo, de garantía, de crédito o prestado realizada por personas distintas a las entidades financieras, como las sociedades financieras de objeto múltiple (Sofomes).

De igual forma, a las actividades de desarrollos de inmuebles, de joyería, distribuidores de automóviles, comerciantes de vehículos aéreos o marítimos, empresas que den servicio de blindaje y que trasladan valores o dinero.

También las asociaciones o fundaciones, inmobiliarias, notarios, corredores, fedatarios públicos, agentes aduanales y joyeros.

De ahí, que estos actores tendrán la obligación de identificar a sus clientes que realicen operaciones sospechosas, reportar estas actividades con el cliente plenamente identificado a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP), y conservar los datos de casa cliente o usuario durante 10 años.

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