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Economía | Por ser público, los ministros sostienen que está facultado para validar dichas normas

Corte valida reglas de portabilidad numérica del IFT

Por tratarse de un órgano público, los ministros sostienen que está facultado para validar esas normas

Por: SUN

El Alto Tribunal valida las reglas para que sea un plazo de 24 horas en el que usuarios realicen el cambio de compañía. NTX / ARCHIVO

El Alto Tribunal valida las reglas para que sea un plazo de 24 horas en el que usuarios realicen el cambio de compañía. NTX / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (07/MAY/2015).- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró infundados los argumentos del Senado de la República que alegaba que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) había invadido esferas de la competencia del Congreso de la Unión al emitir las reglas de portabilidad numérica.

En ese sentido, los ministros del Alto tribunal validaron las reglas del IFT de portabilidad numérica para que sea en un plazo de 24 horas para que los usuarios puedan realizar el cambio de compañía.

Los ministros sostuvieron que por tratarse de un órgano público autónomo, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) está facultado para regular sus temas de competencia como lo marca el artículo 28 constitucional.

En el tema de la portabilidad, nueve ministros votaron a favor de que el usuario pueda realizar su cambio de compañía en un tiempo de 24 horas; en tanto que por unanimidad los ministros resolvieron que los usuarios podrán contar con un NIP para el momento en que van a realizar su trámite y que sea mediante el número telefónico 051 donde se solicite el cambio de compañía.

La controversia constitucional 117/2014 promovida por el Senado, demanda la invalidez del acuerdo mediante el cual el IFT emitió las reglas de portabilidad numérica y modifica el Plan técnico de numeración, de señalización y especificaciones operativas para la implementación de portabilidad de números geográficos y no geográficos.

El documento que presentó el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena proponía declarar procedente pero infundada la controversia constitucional presentada por el Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara alta; así como validar las reglas impugnadas.

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