Viernes, 29 de Noviembre 2024
Economía | Si cuentas con algún tipo de base o planta, tienes derecho a recibirlo

Conoce los datos básicos sobre el aguinaldo

Si cuentas con algún tipo de base o planta, o trabajas por comisión, tienes derecho a recibirlo

Por: SUN

La Ley Federal del Trabajo (LFT) indica que el aguinaldo debe ser equivalente a, por lo menos, 15 días de salario. EL INFORMADOR / ARCHIVO

La Ley Federal del Trabajo (LFT) indica que el aguinaldo debe ser equivalente a, por lo menos, 15 días de salario. EL INFORMADOR / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (14/NOV/2016).- El aguinaldo es una prestación anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, pero antes de recibirlo, infórmate bien sobre cuánto debes recibir, cuándo tienen que pagártelo o qué puedes hacer si no te lo dan. Para ello, respondemos las preguntas más frecuentes al respecto:

¿Me toca aguinaldo?

Si cuentas con algún tipo de base, planta, si eres empleado de confianza, sindicalizado o eventual, entonces tienes derecho al pago de aguinaldo. También quienes trabajan por comisión (bajo la legislación laboral) deben recibirlo.

Si tienes menos de un año en tu trabajo actual o renuncias antes del 20 de diciembre, entonces debes recibir la parte proporcional al período laborado. Considera que los trabajadores por honorarios no tienen derecho a esta prestación.

¿Cómo calculo mi aguinaldo?

La Ley Federal del Trabajo (LFT) indica que el aguinaldo debe ser equivalente a, por lo menos, 15 días de salario. Para calcularlo, el portal gob.mx te sugiere dividir el salario mensual sin prestaciones entre 30 días. El resultado tendrá que multiplicarse por los días de aguinaldo que te otorgue la empresa o patrón.

¡Ojo! Si tuviste alguna incapacidad por embarazo o accidente de trabajo, se cuenta como días trabajados, por lo que no debe descontarse del aguinaldo.

¿Cuándo debo recibirlo?

La LFT indica el 20 de diciembre como límite para el pago de esta prestación.

¿Al aguinaldo se le gravan impuestos?

Sí, excepto cuando la cantidad recibida es menor a 30 días de salario mínimo.

¿Qué puedo hacer si no recibo aguinaldo?

Acudir con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), donde te orientarán al respecto. Puedes contactarlos vía telefónica: 01 800 911 7877 o 5134 9800 o escribirles por correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx

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