Viernes, 22 de Noviembre 2024
Economía | El procedimiento especial de venta se ejecutaría en dos etapas

Autorizan primera etapa de enajenación de bienes de Mexicana

El procedimiento especial de venta propuesto por el síndico con acuerdo de la SCT, se ejecutaría en dos etapas

Por: SUN

La compañía Mexicana de Aviación está declarada en quiebra. EL INFORMADOR / ARCHIVO

La compañía Mexicana de Aviación está declarada en quiebra. EL INFORMADOR / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (11/AGO/2015).- El Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Civil en el DF informó que dentro del concurso mercantil de Mexicana de Aviación, (declarada en quiebra), se autorizó el procedimiento especial de enajenación de bienes y su ejecución en una primera etapa.

El procedimiento contó con la aprobación del síndico Alfonso Ascencio Triujeque y de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes ( SCT), "que tendrá verificativo el 13 de agosto de los corrientes, conforme a la convocatoria y bases de venta, publicados en un diario de circulación nacional el pasado 31 de julio de 2015, así como en el sitio de internet subastasmexicana.com".

De acuerdo con el Consejo de la Judicatura, el procedimiento especial de venta propuesto por el síndico con acuerdo de la SCT, se ejecutaría en dos etapas:

a) La primera, sobre bienes sin restricción, esto es:

1. Derechos de uso del Edificio de Servicios y de la Terminal de Carga, junto con el mobiliario y equipo de oficina, equipamiento e instalaciones especiales, localizados en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México;

2. Derechos de uso sobre los Salones Ejecutivos nacional e internacional, junto con el mobiliario, localizados en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México; y,

3. Acervo marcario y derechos de autor de Compañía Mexicana de Aviación, sociedad anónima de capital variable.

b) La segunda, sobre bienes con restricción a favor de Aeropuertos y Servicios Auxiliares, esto es:

1. Subasta pública de partes, componentes, consumibles y rotables (refacciones), que constituyen garantía prendaria por el crédito reconocido en el concurso mercantil; y,

2. El Centro de Adiestramiento Técnico (CAT), que incluye el propio inmueble en que se encuentra instalado, simuladores, así como mobiliario, sistemas visuales, cesión de permisos y certificaciones, ante la Dirección General de Aeronáutica Civil, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

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