Miércoles, 04 de Diciembre 2024
Economía | Publican nuevas reglas para entidades financieras y despachos de cobranza

Agentes de cobranza ya no podrán llamar a deudores a cualquier hora

Publican nuevas reglas para entidades financieras y despachos de cobranza

Por: EL INFORMADOR

Los despachos de cobranza no podrán utilizar números que aparezcan en el identificador de llamadas como 'oculto' o 'privado'. EFE / ARCHIVO

Los despachos de cobranza no podrán utilizar números que aparezcan en el identificador de llamadas como 'oculto' o 'privado'. EFE / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (07/OCT/2014).- La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros ( Condusef) publicó las disposiciones generales que las entidades financieras deberán cumplir con relación a los despachos de cobranza que gestionen su cartera.
 
Las disposiciones entrarán en vigor el 8 de octubre y las entidades financieras tendrán 90 días para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas.

Te presentamos las ocho reglas que se deberán cumplir:

1.- Las entidades financieras serán responsables de que los despachos de cobranza se dirijan al deudor de manera respetuosa y educada, en un horario de 07:00 a 22:00 horas.

2.- Tendrán la obligación de documentar por escrito con el deudor el acuerdo de pago, negociación o reestructuración de los créditos, préstamos o financiamientos.

3.- Ya no podrán "utilizar nombres o denominaciones que se asemejen a las de instituciones públicas".

4.- No podrán utilizar números de teléfono que aparezcan en el identificador de llamadas como "confidencial", "oculto", "privado" o con cualquier otra expresión o denominación semejante que imposibilite su identificación.

5.- Tampoco podrán amenazar, ofender o intimidar al deudor, sus familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda.

6.- En el primer contacto con el deudor deberán informar nombre, denominación o razón social del despacho de cobranza y de la persona encargada de realizar dicha actividad; domicilio, número telefónico y nombre de las personas responsables de la cobranza; entidad financiera que otorgó el crédito, préstamo o financiamiento de que se trate; contrato u operación motivo de la deuda en que se basa la acción de cobranza; monto del adeudo y fecha de cálculo; condiciones para liquidar el adeudo; domicilio, correo electrónico y número telefónico de la unidad administrativa de la entidad financiera que recibirá las quejas por malas prácticas de cobranza.

7.- Están impedidos de establecer registros especiales, distintos a los ya existentes, listas negras, cartelones o anuncios, que hagan del conocimiento del público la negativa de pago de los deudores.

8.- Las entidades financieras deberán informar trimestralmente a la Condusef el número de quejas relacionadas con la gestión de los despachos de cobranza.

Los teléfonos sin costo para denunciar irregularidades son:
Profeco      01 800 468 8722
Condusef   01 800 999 8080

Ve aquí el documento publicado por el Diario Oficial de la Federación

Con información de NTX y EL UNIVERSAL

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