Viernes, 20 de Septiembre 2024
Cultura | Zapopan, único municipio con un manual

Conservación de patrimonio cultural requiere de reglamentos

La ECRO señala que es necesario generar instrumentos y manuales operativos para trabajar de manera preventiva

Por: EL INFORMADOR

Zapopan cuenta desde 1996 con un reglamento para conservar y proteger el patrimonio edificado. A. CAMACHO  /

Zapopan cuenta desde 1996 con un reglamento para conservar y proteger el patrimonio edificado. A. CAMACHO /

GUADALAJARA, JALISCO (11/OCT/2010).- El deterioro del patrimonio cultural edificado puede evitarse con los cuidados y medias necesarias para su conservación, pero cuáles son dichas acciones y cómo implementarlas son preguntas que los municipios deberían hacerse y responderlas a través  de manuales de operaciones, ya que es una obligación de cada uno de los 125 ayuntamientos de Jalisco contar con un reglamento para atender sus bienes e inmuebles.

Lo anterior no sólo es una recomendación de los restauradores, sino una sugerencia dentro de la Ley del Patrimonio Cultural del Estado de Jalisco y sus Municipios como se establece en el inciso V del artículo 12 de dicha legislación, donde se señala que es necesario “elaborar, ejecutar, controlar y evaluar el programa municipal para la protección del patrimonio cultural”.

El Ayuntamiento de Zapopan es el único de la Zona Metropolitana de Guadalajara que se rige con un manual de mantenimiento para atender su patrimonio cultural. El resto de los municipios no lo hacen por “omisión o desconocimiento”, aunque el Reglamento de la Ley del Patrimonio Cultural del Estado de Jalisco y sus Municipios lo contempla.

Alejandro Canales, director de la Escuela de Conservación y Restauración de Occidente (ECRO), lamenta que no se le dé la importancia necesaria a dicho reglamento, ya que con ello se podrían prevenir agravios en contra del patrimonio municipal, como son fincas, monumentos y esculturas urbanas, por mencionar algunos.

“Puede ser por falta de conocimiento o por no saber los procedimientos adecuados para que la información se comparta entre dependencias. A la obra con valor patrimonial hay que brindarle ciertas atenciones y cuidados, sobre todo si se tiene que definir quién la atenderá en lo cotidiano. Entonces, hay que instrumentar una serie de procedimientos para asegurar la conservación permanente”, explica Alejandro Canales.
Como ejemplo, afirma que es algo tan práctico como lo que sucede en el área de parques y jardines, ámbito en el que las dependencias municipales dan mantenimiento con base en un manual, por lo que “así como se cuidan los bienes naturales, tienen que protegerse los culturales”.

“Hace falta coordinarse e implementar instrumentos suficientes entre las dependencias municipales, que se encargan del mantenimiento, y las estatales o federales, que son la parte vigilante, porque en los ayuntamientos generalmente desconocen qué se tiene y con qué dependencia deben dirigirse, si con el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) o con el Instituto Nacional de Bellas Artes (INBA)”, agrega el titular de la ECRO.

Aunque de manera muy general, Alejandro Canales asevera que el Reglamento de la Ley del Patrimonio Cultural del Estado de Jalisco y sus Municipios establece que cada Entidad debe contar con un manual para que los bienes culturales se conserven en su mejor estado posible, el inciso V del artículo 12 de dicha legislación establece que hay que “elaborar, ejecutar, controlar y evaluar el programa municipal para la protección del patrimonio cultural, conforme a la Ley  al Reglamento de Zonificación”. Dicho programa deberá ser aprobado por el pleno del Ayuntamiento.

José Luis Valencia Abundis, director de Planeación del Ayuntamiento de Zapopan, señala que hasta el momento no se ha creado un manual operativo, pero desde 1996 el municipio tiene un reglamento para conservar y proteger  el patrimonio edificado.

“Es el reglamento con el que nos regimos para todo lo que se refiere a protección patrimonial y de sitios. Es una reglamentación que se hizo con base en normas nacionales, en términos de conservación patrimonial y en coordinación con la Secretaría de Cultura (SC) del Estado, con el INBA y el INAH, se buscó establecer los criterios de protección que hay a escala nacional para todos los sitios patrimoniales, entonces se adoptó una reglamentación propia, ajustándonos a las nuevas disposiciones del Código Urbano para el Estado de Jalisco, el cual establece un capítulo de conservación patrimonial”, indica.

El título décimo del Código Urbano para el Estado de Jalisco, que hace referencia del Patrimonio Cultural Urbano y Arquitectónico, en su capítulo uno y artículo 236 señala que “las dependencias de Cultura tendrán la obligación de participar y opinar sobre la custodia y rescate del patrimonio cultural urbano y arquitectónico del Estado en la formulación de los planes o programas que integran el Sistema Estatal de Planeación del Desarrollo Urbano”.

Por su parte, en Guadalajara se trabaja de acuerdo a las diferentes bibliografías, códigos, leyes y reglamentos, en colaboración con la Escuela de Conservación y Restauración de Occidente, señala Pablo Arias, director de Mejoramiento Urbano, además de que una cuadrilla está encabezada por un especialista, con muchos años de experiencias.

El Salto, Tlajomulco de Zúñiga y Tlaquepaque respondieron que no cuentan hasta ahora con un breviario para atender su patrimonio, sin embargo señalan que el mantenimiento se realiza de acuerdo a una calendarización.

Temas

Lee También

Recibe las últimas noticias en tu e-mail

Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día

Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones