Jueves, 02 de Mayo 2024
Economía | SAT

En este caso el SAT te puede regresar dinero

Es posible que el contribuyente tenga un saldo a favor y podría solicitar una devolución al SAT

Por: Óscar Ernesto Álvarez Gutiérrez

El tiempo para presentar la declaración anual para las personas físicas ante el SAT ya llegó y se extenderá durante todo abril. EL INFORMADOR / ARCHIVO

El tiempo para presentar la declaración anual para las personas físicas ante el SAT ya llegó y se extenderá durante todo abril. EL INFORMADOR / ARCHIVO

El tiempo para presentar la declaración anual para las personas físicas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ya llegó y se extenderá durante todo abril.

Realizar este ejercicio representa la responsabilidad fiscal para todos los contribuyentes de dar cuenta de las operaciones contables y fiscales realizadas en el año anterior, lo que puede representar una devolución de dinero.

Es decir, si el contribuyente tiene saldo a favor, se podrá solicitar una devolución según corresponda. Esto ocurre cuando al efectuar el cálculo de los impuestos personales en la declaración anual, resulta que se pagó más de lo que se debía, por lo que se puede entones solicitar ante el SAT que sea devuelta esa cantidad.

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De acuerdo al SAT, "las devoluciones deberán efectuarse dentro del plazo de los cuarenta días siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal".

¿Cómo se puede pedir la devolución en forma automática?

Se puede hacer una solicitud en forma automática. Esta facilidad administrativa aplica a todas las personas físicas que presenten su declaración anual del ejercicio fiscal anterior al año en curso y se ubiquen en los supuestos siguientes:

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* Señalen la opción de devolución en la declaración anual del ejercicio.

* Presenten su declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable, según corresponda, conforme a lo siguiente:

1. Si el saldo a favor es igual o menor a $10,000.00, puedes presentar la Declaración anual con Contraseña.
2. Si el saldo a favor es mayor a $10,000.00 y no excede de $150,000.00, podrás presentar tu declaración anual con Contraseña, siempre y cuando selecciones una cuenta CLABE activa a 18 dígitos ya precargada en el aplicativo, misma que deberá estar a nombre del contribuyente. En caso de capturar una cuenta CLABE distinta a las precargadas, deberás presentar la declaración   utilizando la e.firma o la e.firma portable.
3. Si el saldo a favor es de $10,001.00 a $150,000.00, la declaración anual se presentará utilizando la e.firma o e.firma portable.

* Señalen un número de cuenta CLABE a 18 dígitos, esta deberá estar activa y a nombre del contribuyente como titular, así como la denominación de la institución integrante del sistema financiero a la que corresponda dicha cuenta, para que, en caso de que proceda el importe autorizado en devolución sea depositado en la misma.

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* La cuenta CLABE es única por contribuyente, es decir, no puede ser manifestada por ningún otro contribuyente.

Si el saldo a favor de la declaración anual excede de $150,000.00 no podrás aplicar la facilidad de solicitar tu devolución en forma automática, sin embargo, podrás solicitar la devolución del saldo a favor a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

Con información del Servicio de Administración Tributaria

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